Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - Acabo de firmar el contrato de arrendamiento. Descubrí que había un problema con el cableado y ya no podía vivir en la casa. El propietario me pidió que le devolviera la propiedad y buscara otra, y lo convenció de que rompiera el contrato.

Acabo de firmar el contrato de arrendamiento. Descubrí que había un problema con el cableado y ya no podía vivir en la casa. El propietario me pidió que le devolviera la propiedad y buscara otra, y lo convenció de que rompiera el contrato.

Independientemente del motivo, la rescisión unilateral del contrato es un incumplimiento del contrato y debe implementarse de acuerdo con los términos del contrato. En cuanto a la cuestión de la indemnización por daños y perjuicios, depende de si el alcance del incumplimiento del contrato está claramente estipulado en el contrato, es decir, qué tipos de incumplimiento de contrato se incluyen por los cuales la otra parte debe compensar la indemnización por daños y perjuicios.

A juzgar por este caso, debido a evidentes problemas de calidad en la vivienda proporcionada por el arrendador, el inquilino no pudo vivir con normalidad, lo que constituyó un incumplimiento de contrato de facto. Aunque no esté expresamente estipulado en el contrato, no deja de ser un incumplimiento de contrato. Es responsabilidad y obligación del arrendador proporcionar al arrendatario un edificio que tenga condiciones básicas de ocupación, ya sea un edificio residencial o comercial.

Se recomienda revisar atentamente el contrato de arrendamiento cuando alquile una casa en el futuro. Si no hay un contenido claro o incluido, se puede modificar y complementar antes de firmar el contrato, incluyendo si la casa está calificada para alquiler, si la red de agua, electricidad y calefacción proporcionada cumple con los requisitos para un uso normal y quién mantendrá el equipos de infraestructura y mobiliario auxiliar en el futuro, unilateralmente Cómo afrontar la rescisión anticipada del contrato, etc. Esta es una garantía mutua de los derechos y obligaciones de ambas partes.