La vivienda pública de alquiler tiene voluntad.
Los hijos fallecidos de adultos mayores en viviendas públicas de alquiler podrán solicitar la renovación de sus contratos de arrendamiento. El derecho a alquilar viviendas públicas de alquiler no pertenece a la propiedad legal de las personas mayores durante su vida ni a otros derechos de propiedad legales que puedan heredarse de acuerdo con la ley. No puede heredarse ni dividirse como propiedad de los mayores, pero puede ser continuada por los convivientes o sus hijos mediante negociación con el arrendador de conformidad con la ley.
Objetividad jurídica:
Derecho Civil
Artículo 732
Si el arrendatario fallece durante el plazo del arrendamiento, la persona u operador que vive con él o ella puede alquilar la casa de acuerdo con el contrato de arrendamiento original.
Derecho Civil
Artículo 122
La herencia es el bien mueble jurídico que deja la persona natural al morir. No se heredará la herencia que no pueda heredarse según la ley o la naturaleza de la herencia.
Derecho Civil
Artículo 123
Comenzada la herencia, se tratará conforme a la herencia legal
Si la hubiere; un testamento, se heredará o legará según el testamento;
Si existe un acuerdo de apoyo al legado, se manejará de acuerdo con el acuerdo.