¿Cómo facturar y pagar impuestos al alquilar vehículos personales a empresas?
De acuerdo con las regulaciones provisionales sobre el impuesto al valor agregado y las políticas relevantes de "reemplazar el impuesto comercial por el impuesto al valor agregado", la tasa impositiva para los contribuyentes generales que proporcionan bienes muebles (vehículos, maquinaria y equipo) es 17%, para los pequeños contribuyentes es el 3% y para las personas físicas es el 3%. Al mismo tiempo, debe pagar el 7% del impuesto a la construcción urbana, el 3% del recargo por educación y el 2% del recargo por educación local a la oficina de impuestos local.
Datos ampliados:
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tiene tres tipos impositivos distintos según las distintas partidas tributarias:
Renta integral (renta de sueldos y salarios, renta por remuneraciones laborales, ingresos por uso de franquicia (ingresos por tarifas) están sujetos a tasas impositivas progresivas de 7 niveles, y el impuesto se calcula en función de los ingresos imponibles mensuales. La tasa impositiva se clasifica de acuerdo con los ingresos imponibles de los sueldos y salarios mensuales de un individuo, siendo el nivel más alto el 45%, el nivel más bajo el 3% y finalmente el nivel 7.
Los ingresos comerciales están sujetos a tasas impositivas progresivas de 5 niveles. Los ingresos provenientes de la producción y operación de hogares industriales y comerciales individuales y los ingresos imponibles anuales de operaciones contratadas y operaciones de arrendamiento de empresas e instituciones se dividen en niveles: el nivel más bajo es el 5%, el nivel más alto es el 35% y el nivel más alto. es del 5%.
Tipo impositivo proporcional. El impuesto sobre la renta personal se aplica a los ingresos personales, como intereses, dividendos, ingresos por bonificaciones, ingresos por alquiler de propiedades, ingresos por transferencias de propiedades, ingresos incidentales y otros ingresos, y se aplica una tasa impositiva proporcional del 20%.
Enciclopedia Baidu-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas