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¿Puedo seguir comprando una casa después de comprar una casa pública de alquiler?

Análisis jurídico: si la compra de la vivienda tiene éxito, la vivienda pública de alquiler ya no cumplirá las condiciones y las necesidades para salir de la vivienda pública de alquiler. No se permite la compra ni la venta de viviendas públicas de alquiler porque los derechos de propiedad pertenecen al Estado y pueden ser alquiladas por particulares. Si el arrendatario comete cualquiera de los siguientes actos, deberá devolver la vivienda pública de alquiler: (1) Prestar, subarrendar o cambiar la vivienda pública de alquiler sin autorización; (2) Cambiar el uso de la vivienda pública de alquiler; (3) Destruir o; decorar la vivienda pública de alquiler sin autorización, negándose a restaurar la propiedad a su estado original; (4) participar en actividades ilegales en la vivienda pública de alquiler (5) permanecer inactiva durante más de 6 meses sin motivos justificables;

Base legal: Artículo 27 de las “Medidas para la Administración de la Vivienda Pública de Alquiler” Si el arrendatario comete cualquiera de los siguientes actos deberá devolver la vivienda pública de alquiler: (1) Préstamo o cesión de la vivienda pública alquilada. viviendas de alquiler públicas sin autorización (2) Cambiar el uso de viviendas de alquiler públicas (3) Destruir o decorar viviendas de alquiler públicas sin autorización y negarse a restaurarlas a su estado original; (4) Participar en actividades ilegales en viviendas de alquiler públicas ( 5) Vivienda pública de alquiler Viviendas de alquiler desocupadas durante más de 6 meses sin causa justificada. Si el arrendatario se niega a devolver la vivienda pública de alquiler, el departamento de seguridad de la vivienda del gobierno popular a nivel de ciudad o condado ordenará la devolución dentro de un plazo; si el inquilino no devuelve la propiedad dentro del plazo, la garantía de la vivienda; Los departamentos del gobierno popular a nivel de ciudad o condado pueden solicitar al Tribunal Popular la ejecución obligatoria de conformidad con la ley.