Medidas de registro de la República Popular China para buques pesqueros (revisión de 2013)
Los departamentos administrativos de pesca de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables del registro de los buques pesqueros dentro de sus respectivas regiones administrativas. Las agencias de supervisión de puertos pesqueros afiliadas a los departamentos administrativos de pesca de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior (en adelante, agencias de registro) son responsables del registro y supervisión de los buques pesqueros dentro de sus respectivas áreas administrativas de conformidad con el autoridad prescrita. Artículo 4 Los buques pesqueros se registrarán de conformidad con estas Medidas y podrán navegar bajo la bandera de la República Popular de China sólo después de obtener la nacionalidad de la República Popular de China. Artículo 5 Los buques pesqueros no tendrán doble nacionalidad. Todos los buques pesqueros registrados en el extranjero no adquirirán la nacionalidad de la República Popular China a menos que se suspenda o cancele su nacionalidad registrada original. Artículo 6 El propietario de un buque pesquero deberá solicitarlo a la autoridad de registro a nivel de condado o superior en el lugar de residencia o registro de empresa.
Para el registro de buques pesqueros de aguas distantes, el propietario del buque pesquero deberá solicitarlo a la autoridad de registro provincial local. Para el registro de buques pesqueros de aguas distantes propiedad de empresas directamente dependientes del gobierno central en Beijing, el propietario del buque pesquero deberá solicitarlo a la autoridad de registro provincial donde esté ubicado el buque.
El puerto donde está registrado un buque pesquero es el puerto de registro del buque pesquero. Cada buque pesquero puede tener un puerto base.
Las autoridades de registro provinciales determinarán el nombre de la autoridad de registro y el puerto de registro de las autoridades de registro por debajo del nivel provincial con base en la gestión real de los buques pesqueros en sus respectivas regiones administrativas, y lo anunciarán al público. Artículo 7 La autoridad de registro establecerá un libro de registro de buques pesqueros e incluirá el contenido del registro de buques pesqueros en el libro de registro de buques pesqueros.
Los titulares de derechos e interesados tienen derecho a inspeccionar el libro de registro de embarcaciones pesqueras de conformidad con la ley. Artículo 8 La autoridad de registro publicará en las instalaciones de la oficina los asuntos, bases, condiciones, procedimientos y plazos del registro, así como una lista de todos los materiales que deben presentarse y el texto de muestra del formulario de solicitud.
La autoridad de registro deberá resolver sobre la aprobación del registro de buques pesqueros dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. Si se deniega el registro, se notificará por escrito al interesado y se explicarán los motivos. Capítulo 2 Verificación del nombre del buque Artículo 9 Los buques pesqueros sólo podrán tener un nombre de buque.
Los nombres de los buques de pesca de altura, de los buques de investigación científica y de los buques de práctica docente serán propuestos por el solicitante al solicitar cuotas de buques pesqueros y artes de red. La autoridad de registro provincial indagará a través del Sistema Nacional de Gestión Dinámica de Buques Marítimos Pesqueros y comprobará que si no existen duplicaciones de nombres, homónimos y cumplimiento de reglamentación, en la embarcación pesquera y en la red se indicará el nombre de la embarcación y puerto de registro. Formulario de solicitud de índice de engranajes. La "Carta de Aprobación de Indicadores de Buques Pesqueros y Arte de Red" emitida por el departamento administrativo de pesca deberá especificar el nombre del buque antes mencionado y el puerto de registro.
La denominación de los buques oficiales se tramitará de conformidad con la normativa del Ministerio de Agricultura.
Los nombres de los buques pesqueros distintos de los especificados en el párrafo anterior serán verificados por la autoridad de registro de acuerdo con la normativa unificada del Ministerio de Agricultura. Artículo 10 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el propietario o arrendatario de un buque pesquero deberá solicitar un nombre a la autoridad de registro: (1) Fabricar o importar un buque pesquero (2) Si la propiedad de un buque pesquero se adquiere debido; por herencia, donación, compra, subasta o sentencia judicial efectiva, es necesario cambiar el nombre del buque;
(3) Arrendamiento de buques pesqueros del extranjero a casco desnudo. Artículo 11 Para solicitar la aprobación del nombre de un barco pesquero, se debe completar el formulario de solicitud de nombre del barco pesquero, presentar el libro de registro del hogar o la licencia comercial corporativa del propietario o arrendatario del barco pesquero y presentar los siguientes materiales: p>
(1) Los buques pesqueros y los buques auxiliares de pesca deberán presentar una carta de aprobación para los indicadores de herramientas de redes de pesca emitida por el departamento administrativo de pesca del gobierno popular a nivel provincial o superior;
(2 ) Los buques pesqueros deberán presentar un certificado de cría en poder del propietario del buque pesquero;
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(3) Para los buques pesqueros arrendados en el extranjero, el documento de aprobación del arrendamiento del Ministerio de Agricultura será presentado;
(4) Si se solicita cambiar el nombre de un buque pesquero, se deberán proporcionar los motivos del cambio y los materiales de respaldo pertinentes. Artículo 12 La autoridad de registro tomará una decisión de aprobación dentro de los 7 días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. Si se aprueba, se emitirá al solicitante una carta de aprobación con el nombre del barco pesquero y al mismo tiempo se determinará el puerto de registro del barco pesquero. Si no se concede la aprobación, se notificará por escrito a los interesados y se expresarán los motivos. Artículo 13 El período de validez del certificado de verificación del nombre del buque pesquero es de dieciocho meses.
Si el nombre del buque pesquero no se utiliza dentro del período de validez, la carta de verificación del nombre del buque pesquero no será válida y el propietario del buque pesquero deberá volver a presentar la solicitud de conformidad con las disposiciones de estas Medidas. Capítulo 3 Registro de Propiedad Artículo 14 La adquisición, transferencia y eliminación de la propiedad de los buques pesqueros se registrarán de conformidad con estas Medidas sin registro, no se emprenderán acciones contra un tercero de buena fe; Artículo 15 El registro de propiedad de un buque pesquero será solicitado por el propietario del buque pesquero. * * * Para algunos buques pesqueros se aplicará el * * * que tenga mayor ratio de participación; si los ratios de participación son iguales, la solicitud se hará por la parte pactada;
Para solicitar el registro de propiedad de embarcaciones pesqueras, debe completar el formulario de solicitud de registro de propiedad de embarcaciones pesqueras y enviar los siguientes materiales:
(1) Libro de registro del hogar o empresa del propietario de la embarcación pesquera. licencia comercial de persona jurídica;
(2) Documentos que acrediten la propiedad del buque pesquero;
1. Fabricar el buque pesquero y presentar el contrato de construcción y los documentos de entrega;
2. Comprar el buque pesquero y presentar el contrato de compraventa y los documentos de entrega;
3. Si la propiedad se obtiene por herencia, donación, subasta, sentencia judicial, etc., presentar los documentos legales correspondientes. efecto;
4. Si existe embarcación pesquera, Presentación del acuerdo;
5. Otros documentos que acrediten el origen legal de la embarcación pesquera.
(3) El certificado de inspección del buque pesquero y el nombre del buque pesquero que deben obtenerse de acuerdo con la ley.
(4) Fotografías del buque pesquero que reflejen el aspecto general; apariencia y características principales de la embarcación;
(5) Certificado de baja de propiedad de embarcación pesquera emitido por el puerto de registro original (excepto embarcaciones pesqueras manufacturadas);
(6) Carta de aprobación de indicadores de herramientas de redes de pesca para buques pesqueros y buques auxiliares de pesca;
(7) Licencia de cría en poder del propietario del buque pesquero;
(8) Aprobación de importación de buques pesqueros documentos y constancias de cumplimiento de trámites aduaneros;
(9) Reglamento del Ministerio de Agricultura de otras materias.
Si la autoridad de registro aprueba el registro, expedirá un certificado de registro de propiedad de buque pesquero al propietario del buque pesquero.