¿Me cobrarán honorarios de agencia por subarrendar una casa?
Base jurídica
Artículo 963 del Código Civil
Si un intermediario facilita el establecimiento de un contrato, el comitente deberá pagar una remuneración conforme al acuerdo. Si no hay acuerdo sobre la remuneración del intermediario o el acuerdo no es claro y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, se determinará razonablemente con base en los servicios del intermediario. Si un intermediario presta servicios de comunicación para la celebración de un contrato, la remuneración del intermediario correrá a cargo de ambas partes del contrato por igual. Si un intermediario facilita el establecimiento de un contrato, los costos de las actividades de intermediación correrán a cargo del intermediario.
Artículo 964
Si el intermediario no facilita el establecimiento del contrato, no exigirá el pago, sin embargo, podrá exigirse al cliente el pago de los honorarios necesarios por la contratación de intermediario; actividades según lo acordado.