Medidas provisionales de 2019 para la gestión de registros de comportamientos turísticos incivilizados
Oficina de Turismo N° 139 [2016]
Promulgada el 30 de mayo.
Artículo 1: Con el fin de promover la construcción de la integridad del turismo y mejorar la conciencia de los ciudadanos sobre los viajes civilizados, de conformidad con la "Ley de Turismo de la República Popular China", las "Opiniones de la Comisión Central de Civilización sobre un mayor fortalecimiento del trabajo turístico civilizado" y las leyes, reglamentos y normas pertinentes. Este documento es necesario para formular estas Medidas.
Artículo 2: Los turistas chinos que violen las leyes y regulaciones nacionales y extranjeras, el orden público y las buenas costumbres durante sus viajes nacionales y extranjeros, causando graves impactos sociales negativos, serán incluidos en el "registro de comportamiento turístico incivilizado". . Incluyen principalmente:
(1) Perturbar el orden de aviones, vehículos, barcos u otros medios de transporte público;
(2) Dañar la salud pública y las instalaciones públicas;
(3) Violar las costumbres sociales y los hábitos de vida nacionales del destino turístico;
(4) Dañar o destruir las reliquias culturales del destino turístico;
(5) Participar en juegos de azar, actividades pornográficas y de drogas;
(6) No escuchar disuasiones y advertencias para participar en actividades que pongan en peligro la seguridad personal y patrimonial de uno mismo y de los demás;
(7) Destruir el medio ambiente ecológico y violar las normas de protección de la vida silvestre;
(8) Violar las regulaciones de los sitios turísticos y alterar gravemente el orden turístico;
(9) Otros comportamientos que hayan causado graves daños Impactos sociales según lo determinen las autoridades de turismo del Consejo de Estado.
Si el pupilo tiene un comportamiento de viaje incivilizado debido a una falta grave del tutor, el tutor será incluido en el "registro de comportamiento de viaje incivilizado".
Artículo 3. Los funcionarios dedicados a la gestión y servicios turísticos (en adelante, "empleados de turismo") que violen las leyes y reglamentos, las normas de trabajo, el orden público, las buenas costumbres y la ética profesional durante el desarrollo del turismo. gestión y servicios Las conductas morales y de otro tipo que causen graves impactos sociales negativos se incluirán en el "Registro de conductas turísticas incivilizadas". Incluyen principalmente:
(1) Fraude de precios, transacciones forzadas y engaños para inducir a los turistas a consumir
(2) Insultar, golpear o coaccionar a los turistas
(3) Faltar el respeto a las creencias religiosas, hábitos étnicos y costumbres de los destinos turísticos o de los turistas;
(4) Difundir gustos vulgares y promover ideas supersticiosas;
( 5) Otro turismo incivilizado conductas determinadas por las autoridades de turismo del Consejo de Estado.
El contenido informativo del Artículo 4 "Registros de comportamiento de viaje incivilizado" incluye:
(1) El nombre, sexo y provincia de residencia de la parte involucrada en el comportamiento incivilizado;
(2) Manifestaciones específicas de comportamiento incivilizado, el impacto y las consecuencias del comportamiento incivilizado;
(3) Límite de tiempo para registrar el comportamiento incivilizado.
Artículo 5 El departamento administrativo de turismo del Consejo de Estado establecerá un "Registro de comportamiento turístico incivilizado" nacional. Los departamentos administrativos de turismo provinciales pueden establecer "registros de comportamiento turístico incivilizado" dentro de sus propias regiones administrativas.
Artículo 6 Las autoridades de turismo locales de todos los niveles, junto con los departamentos pertinentes, integrarán los recursos sociales, investigarán y verificarán los comportamientos turísticos incivilizados de las personas que tienen residencias o residencias regulares dentro de sus respectivas regiones administrativas, y rápidamente Reportar a la autoridad de turismo del nivel inmediatamente superior.
Los comportamientos turísticos incivilizados reportados por los medios de comunicación o el público serán investigados y verificados por las autoridades de turismo en el lugar donde ocurrieron los actos incivilizados. Las autoridades de turismo en el lugar donde las partes interesadas estén domiciliadas o registradas. cooperar.
El comportamiento turístico incivilizado que se produzca en el extranjero será investigado y verificado por el departamento administrativo de turismo del Consejo de Estado o el departamento administrativo de turismo del domicilio o residencia habitual de las partes a través de misiones diplomáticas y oficinas de turismo estacionadas en el extranjero.
Artículo 7 Las autoridades de turismo de todos los niveles mantendrán confidencial la información relevante de los denunciantes. Alentar y apoyar al público, los medios de comunicación y las unidades de negocios en turismo, transporte, restauración, compras, entretenimiento y ocio para que informen sobre comportamientos turísticos incivilizados a las autoridades de turismo.
Artículo 8 "Registros de comportamientos turísticos incivilizados" se formarán después de la revisión y aprobación por el "Comité de Revisión de Registros de Comportamientos Turísticos Incivilizados".
El Comité de Revisión de Registros de Comportamiento Incivilizado en el Turismo está compuesto por departamentos gubernamentales, expertos legales, empresas de turismo y representantes turísticos. Los principales elementos de revisión incluyen:
(1) Si los incidentes de comportamiento incivilizado deben incluirse en el "Registro de comportamiento turístico incivilizado";
(2) Determinar la información del " Período de retención del "Registro de comportamiento turístico incivilizado";
(3) Si el "Registro de comportamiento turístico incivilizado" se ha notificado a los departamentos pertinentes;
(4) Ajustar dinámicamente el estado del "Registro de comportamiento turístico incivilizado" que se ha formado Periodo de registro.
Artículo 9 "Registros de comportamiento turístico incivilizado" la información se conserva durante 1 a 5 años y está sujeta a una gestión dinámica.
(1) Si la parte involucrada en un comportamiento turístico incivilizado viola la ley penal, la información se conservará durante 3 a 5 años.
(2) Si la parte involucrada en un comportamiento turístico incivilizado; el comportamiento turístico está sujeto a sanciones administrativas o sentencias judiciales, la información se conservará. El período de almacenamiento es de 2 a 4 años;
(3) Si el comportamiento turístico incivilizado no ha sido castigado por leyes y reglamentos, pero ha causado Grave impacto social, el periodo de retención de la información es de 1 a 3 años.
Artículo 10 Después de que se formen los "Registros de comportamientos turísticos incivilizados", el departamento administrativo de turismo del Consejo de Estado podrá publicar la información sobre los "Registros de comportamientos turísticos incivilizados" al público.
Artículo 11 Una vez formado el "acta de comportamiento turístico incivilizado", las autoridades de turismo informarán o entregarán la información pertinente al interesado y le informarán del derecho de defensa. El interesado tiene derecho a presentar su defensa dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción del escrito de contestación. La autoridad de turismo deberá dar respuesta por escrito dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción de la carta de contestación. Si se adoptan los motivos de defensa, el período de grabación podrá ajustarse o cancelarse la grabación con base en los motivos de defensa del interesado.
Durante el plazo de defensa de las partes la divulgación de información no se verá afectada.
Artículo 12: Una vez formado el "registro de comportamiento turístico incivilizado", el efecto social de la promoción y orientación del turismo civilizado se registrará en función del grado de medidas correctivas tomadas por la persona registrada para restaurar el efecto adverso. efectos, y se registrarán previa deliberación de la comisión revisora. El plazo podrá ser acortado.
Artículo 13 Si un empleado estatal proporciona intencionalmente información falsa o manipula, destruye, usa ilegalmente o publica información de "registros de comportamiento turístico incivilizado", el personal responsable correspondiente recibirá sanciones administrativas de acuerdo con las regulaciones pertinentes. ; si las circunstancias son graves, será considerado legalmente responsable de conformidad con la ley.
Artículo 14 Después de la promulgación de estas Medidas, los "Registros de Comportamiento Turístico Incivilizado" se gestionarán con referencia a estas Medidas. Los “Registros de Comportamiento Turístico Incivilizado” establecidos antes de la promulgación de estas Medidas seguirán siendo válidos.
Artículo 15 Las presentes Medidas se implementarán a partir de la fecha de su promulgación, siendo la Administración Nacional de Turismo la responsable de su interpretación. Las "Medidas Provisionales para la Gestión de Registros de Comportamiento Incivilizado de Turistas" emitidas por la Administración Nacional de Turismo en abril dejarán de implementarse a partir de la fecha de emisión de estas medidas.