Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas turísticas - El encargado del alquiler de la tienda firmó un contrato de un año, pero no firmó un contrato de renovación durante dos años, lo que provocó atrasos en el alquiler. ¿Es eficaz demandar al tribunal?
El encargado del alquiler de la tienda firmó un contrato de un año, pero no firmó un contrato de renovación durante dos años, lo que provocó atrasos en el alquiler. ¿Es eficaz demandar al tribunal?
Hola, como arrendador, si no firmas un contrato con el arrendatario después de la expiración del primer año del contrato y el arrendatario continúa usando la tienda, y el arrendador no presenta ninguna objeción y continúa cobrando el alquiler, se considerará un contrato de arrendamiento entre las dos partes y es ilegal. Ambas partes de un contrato de arrendamiento indefinido tienen derecho a rescindir el contrato a voluntad y pueden rescindir el contrato en cualquier momento. Según las disposiciones pertinentes de la Ley de Contratos, la resolución de un contrato sólo requiere una notificación a la otra parte para que surta efectos jurídicos. Una vez rescindido el contrato de alquiler de la casa, los derechos y obligaciones de ambas partes terminan y no hay necesidad de cumplir obligaciones contractuales con la otra parte. Pero la premisa es que durante la ejecución del contrato se deben cumplir las obligaciones pactadas, es decir, se debe pagar el alquiler. Ahora que se ha confirmado la relación de arrendamiento entre usted y el arrendatario, su falta de pago del alquiler constituye un incumplimiento de contrato y usted debe asumir la responsabilidad por el incumplimiento de contrato. Tiene derecho a presentar una demanda ante los tribunales para proteger sus derechos e intereses. Le sugiero negociar primero con el arrendatario y luego recurrir a un litigio si la negociación fracasa.
Base jurídica:
Artículo 236 de la “Ley de Contratos”: Si vencido el plazo del arrendamiento y el arrendatario continúa utilizando el inmueble arrendado y el arrendador no presenta objeción alguna, el El contrato de arrendamiento original continuará vigente, pero el plazo del arrendamiento es indefinido.
Artículo 232 de la “Ley de Contratos” Si las partes no se han puesto de acuerdo sobre el plazo del arrendamiento o el contrato no es claro, y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 61 de esta Ley, se procederá a se considerará un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido. Las partes podrán resolver el contrato en cualquier momento, pero el arrendador deberá comunicarlo al arrendatario en un plazo razonable.