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Texto completo de las medidas de aprobación y gestión de instituciones privadas de educación y formación no académicas de Tianjin (prueba)

Medidas para la aprobación y gestión de instituciones privadas de educación y formación no académicas en Tianjin (prueba)

Capítulo 1 Disposiciones generales

El artículo 1 tiene como objetivo implementar aún más el “estímulo activo, fuerte apoyo y orientación correcta", "gestionar conforme a la ley" y aplicar el espíritu del documento "Diversas opiniones sobre el fortalecimiento de la gestión normalizada de las escuelas privadas y la orientación del desarrollo saludable de la educación privada" (Nº 102, 1999). Jin [2008] No. 11) fue aprobado por el gobierno municipal con el fin de fortalecer aún más la gestión estandarizada de las escuelas privadas y promover el sano desarrollo de la educación privada en nuestro país. Estas medidas se formulan en base a la situación real de nuestra ciudad.

Artículo 2 El término "instituciones privadas de educación y formación no académicas", tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a escuelas privadas establecidas por organizaciones sociales distintas de las instituciones estatales o ciudadanos individuales que utilizan fondos fiscales no estatales y no están capacitado para expedir certificados académicos.

Esta disposición no se aplica a las solicitudes para el establecimiento de instituciones privadas de educación y formación que implementen formación de calificación profesional y formación de nivel técnico, así como a la educación y formación no académica llevada a cabo por departamentos y unidades para empleados. de sus propias unidades.

Artículo 3 El establecimiento de instituciones privadas de educación y formación no académicas deberá satisfacer las necesidades de la construcción económica y el desarrollo social de la ciudad, cumplir con el plan de desarrollo educativo regional y las necesidades reales, y cumplir con el "Tianjin Requisitos de documentos del establecimiento de "Estándares" de instituciones privadas de formación no académica (Comisión de Educación de Tianjin [2008] Nº 2).

Artículo 4 Las instituciones de educación y formación no académicas se adherirán a la línea básica del Partido, implementarán plenamente la política educativa del Partido, cumplirán las leyes y reglamentos nacionales, garantizarán la calidad de la educación y cultivarán talentos calificados. Aceptar la gestión, supervisión, inspección, evaluación y auditoría gubernamental.

Capítulo 2 Solicitud de establecimiento

Artículo 5 Para solicitar el establecimiento de una institución privada de educación y formación no académica, el solicitante deberá presentar la solicitud al Establecimiento de instituciones privadas de formación no académica de Tianjin. Estándares de acuerdo con los requisitos del departamento administrativo de educación del distrito o condado donde se encuentra la escuela propuesta deberá presentar una solicitud. Cualquier aplicación que involucre instituciones de formación como salud, deportes, seguridad, etc. Será aprobado por el departamento administrativo de educación del distrito o condado después de obtener el consentimiento del departamento administrativo correspondiente.

Artículo 6 Al solicitar la gestión de una escuela, se deben presentar los siguientes materiales:

(1) Informe de solicitud para la gestión de una escuela. Patrocinador, director, nombre de la escuela, dirección de la escuela, fuente de financiamiento, monto y método de administración, contenido de la escuela, objetivos de capacitación, escala de la escuela, nivel de la escuela, forma de la escuela, condiciones de la escuela (instalaciones, equipos, etc.) y sistema de gestión interna. Si el patrocinador es una organización, se colocará el sello oficial de la unidad; si el patrocinador es un ciudadano individual, la firma deberá estar firmada por el individuo.

(2) Certificado de calificación del patrocinador. El patrocinador de la unidad deberá presentar original y copia del certificado de persona jurídica y licencia comercial de la unidad. Los patrocinadores individuales deben presentar los certificados de capacidad civil pertinentes, registros de hogares, originales y copias de documentos de identidad.

(3) El certificado de calificación, certificado de título profesional o certificado académico, registro de domicilio, original y copia del documento de identidad del director de la institución de formación.

(4) Comprobante de ubicación de la escuela. Para sitios escolares propios, se debe presentar copia del certificado de derechos de propiedad de vivienda y terreno correspondiente (sellado con el sello oficial), para un sitio de alquiler, copia del certificado de derechos de propiedad inmobiliaria del arrendador (sello oficial de la propiedad); Se requiere unidad de derechos) y un contrato de arrendamiento (el contrato de arrendamiento debe indicar el área total del edificio escolar) y el período de arrendamiento), certificado de salud y seguridad contra incendios.

(5) Carta de instituciones privadas de educación y formación no académicas. Deberán incluirse los siguientes contenidos:

1. Nombre y dirección de la institución;

2. Objeto, contenido, escala, nivel, forma, etc. de funcionamiento de la escuela. ;

3. El monto, origen y naturaleza de los activos, y prueba de la compra de equipos e instalaciones docentes;

4. El método de formación del consejo (junta directiva) u otras formas de órganos de toma de decisiones, composición del personal, mandato y reglamento;

5. Representante legal de la escuela;

6.

7. Condiciones escolares para la autoterminación;

8. Procedimientos de modificación de los estatutos sociales

(6) Resoluciones de la primera junta directiva de la escuela; otros órganos de toma de decisiones (se debe indicar la hora, el lugar y la participación en la resolución Personal y contenido, incluida la resolución para adoptar el estatuto escolar, la resolución para elegir al presidente (presidente) y nombrar al director, firmas de todos los miembros ), los documentos de identidad del presidente (presidente) y de los directores (directores), el original y copia del libro de registro del hogar.

(7) Certificado contable y copia del contador propuesto.

(8) Original y copia del certificado de calificación profesional docente (certificado de calificación vocacional, título profesional y técnico o certificado de grado técnico).

(9) Objetivos docentes, plan de estudios, horas lectivas, modalidades docentes, uso de materiales didácticos, métodos de evaluación, etc. Esto debe quedar claramente indicado en la especialidad ofrecida.

Artículo 7 Las instituciones privadas de educación y formación no académicas que emplean profesores y directivos deben firmar contratos de trabajo legales y justos. Si es funcionario público, deberá obtener el consentimiento de su empleador.

Artículo 8 Las instituciones privadas de educación y formación no académicas garantizarán sus salarios y beneficios y gestionarán la seguridad social y el seguro médico pertinentes de conformidad con las leyes y políticas nacionales pertinentes.

Capítulo 3 Supervisión y Gestión

Artículo 9 Las instituciones privadas de educación y formación no académicas deberán, de conformidad con el estatuto aprobado por la autoridad de aprobación, establecer y mejorar diversas normas y reglamentos, normalizar la gestión interna, garantizar la calidad de la educación y la enseñanza y realizar las actividades escolares de conformidad con la ley.

Artículo 10 Después de recibir una licencia de funcionamiento de escuela privada, una institución privada de educación y formación no académica debe registrarse como persona jurídica ante la autoridad de registro de personas jurídicas competente y solicitar un certificado de código de persona jurídica del distrito. o la oficina de supervisión técnica del condado, y abrir una cuenta bancaria, pasar por el registro de impuestos en la oficina de impuestos local del distrito o del condado. El estilo de grabado del sello, el banco donde se abre la cuenta y el número de cuenta deben presentarse a la autoridad de aprobación para su presentación.

Artículo 11 El nombre utilizado por las instituciones privadas de educación y formación no académicas para realizar actividades educativas y docentes debe ser coherente con el nombre aprobado por la autoridad de examen y aprobación.

Artículo 12 Las instituciones privadas de educación y formación no académicas que publiquen folletos de inscripción y anuncios de inscripción deben registrarse ante la autoridad de aprobación. Cumplir con los requisitos de las leyes y reglamentos, el contenido es verdadero y preciso, y consistente con los folletos de inscripción y los anuncios presentados ante la autoridad de aprobación.

Artículo 13 Las instituciones privadas de educación y formación no académicas no confiarán ni subcontratarán la matrícula y las tareas educativas y docentes que realicen a otras unidades, intermediarios y particulares.

Artículo 14 Los artículos y estándares de cobro de las instituciones privadas de educación y formación no académicas se informarán al departamento de gestión de precios para su archivo y anuncio público. Al pagar las tarifas, se deben informar a los estudiantes las regulaciones pertinentes sobre tarifas y reembolsos, y se debe firmar un acuerdo de reembolso con los estudiantes y los reembolsos deben procesarse de acuerdo con el acuerdo.

Artículo 15 Las instituciones privadas de educación y formación no académicas establecerán un sistema de registro de estudiantes y expedientes académicos de los estudiantes.

Artículo 16 Si una institución privada de educación y formación no académica establece lugares de enseñanza adicionales en un área aprobada por la autoridad de aprobación, deberá pasar por los procedimientos de aprobación y registro nuevamente. Si una institución privada de educación y formación no académica establece lugares de enseñanza adicionales en un área aprobada por la autoridad de examen y aprobación, deberá informar a la autoridad de examen y aprobación para su registro.

Artículo 17 Las instituciones privadas de educación y formación no académicas informarán las condiciones básicas de funcionamiento de la escuela a la autoridad de aprobación después del final de cada año. El contenido incluye:

(1) Informe anual de auditoría financiera. Incluyendo: si los fondos escolares están disponibles, si hay transferencia, evasión, apropiación indebida, ingresos y gastos y gestión financieros, pago de impuestos, uso de facturas, monto de devolución razonable, si los fondos de desarrollo retenidos alcanzan el 25% del aumento anual en activos netos, etc. ;

(2) Informe escrito sobre el funcionamiento de la escuela de acuerdo con la ley firmado por el director;

(3) Formulario de inscripción anual de escuela privada;

( 4) Certificado de alquiler de inmueble o casa Originales y copias, documentos de certificación de los departamentos de salud, protección contra incendios y seguridad pública;

(5) Copias de los certificados de calificación del organizador (certificado de persona jurídica, escuela privada de funcionamiento licencia, y principal, presidente (director) prueba de identidad).

Artículo 18 Los departamentos administrativos de educación del distrito y del condado organizarán personal relevante para inspeccionar, supervisar y evaluar las instituciones privadas de educación y capacitación no académicas de manera regular o irregular, y fortalecer la gestión y gestión de la educación privada no académica. y supervisión de instituciones de formación. Fortalecer la cooperación con los departamentos de finanzas, impuestos, precios, auditoría, asuntos civiles, industria y comercio, trabajo y seguridad social, y cooperar con los departamentos pertinentes para llevar a cabo el trabajo de gestión de acuerdo con la ley.

Capítulo 4 Cambios y Terminación

Artículo 19 Si una institución privada de educación y formación no académica cambia de nombre, nivel o categoría, se presentará a la autoridad de examen y aprobación para aprobación; el iniciador del cambio deberá informar a la autoridad de examen y aprobación.

El iniciador del cambio deberá realizar la liquidación financiera.

Artículo 20 Las instituciones privadas de educación y formación no académicas se someterán a fusiones, inspecciones de propiedad y liquidaciones financieras. Las instituciones de educación y formación no académicas fusionadas colocarán adecuadamente a los estudiantes originales. La fusión debe presentarse a la autoridad de aprobación para su aprobación.

Artículo 21 Si una institución privada de educación y formación no académica no puede realizar actividades normales de educación y enseñanza por cualquier motivo, y el organizador o la junta directiva (junta directiva) exige la suspensión de negocio de acuerdo con las disposiciones de los estatutos de la escuela, realizará operaciones financieras de acuerdo con la ley. Auditoría y liquidación, la autoridad aprobadora puede disolver o cesar las operaciones después de organizar adecuadamente a los estudiantes en la escuela.

Artículo 22 Cuando se da por terminada una institución privada de educación y formación no académica, la autoridad de aprobación retirará la licencia escolar, destruirá el sello y se encargará de la baja.

Capítulo 5 Disposiciones Complementarias

Artículo 23 Las presentes Medidas entrarán en vigor el 1 de mayo y tendrán una vigencia de cinco años.