¿Comprar una casa en otros lugares tendrá algún impacto en la vivienda pública de alquiler local?
Base legal: Artículo 31 de las “Medidas para la Administración de Viviendas Públicas de Alquiler” Si el arrendatario concurre alguna de las siguientes circunstancias deberá desalojar la vivienda pública de alquiler: (1) Solicita renovación pero no no cumplir con los requisitos para la renovación al momento de la revisión (2) Otras viviendas adquiridas mediante compra, donación, herencia, etc. durante el período de arrendamiento. Ya no cumple con las condiciones para la asignación de viviendas públicas de alquiler; (3) Arrendar o hacerse cargo de otras viviendas asequibles durante el período de arrendamiento; Si el inquilino tiene una de las circunstancias especificadas en el párrafo anterior, el propietario de la vivienda pública de alquiler o la unidad operativa encomendada por él acordará un período de reubicación razonable para él, y el alquiler durante el período de reubicación se pagará de acuerdo con el monto del alquiler. estipulado en el contrato. Si el arrendatario no ha desalojado la vivienda pública de alquiler al vencimiento del plazo de reubicación y no tiene otra vivienda, el alquiler se pagará al precio de mercado si el arrendatario tiene otra vivienda, el propietario de la vivienda pública de alquiler o; la unidad operativa por él confiada podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular, exigiendo que se desalojen las viviendas públicas de alquiler.