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Disposiciones complementarias sobre las medidas de gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda de Ningde

Artículo 40 El año de liquidación del fondo de previsión de vivienda comienza el 1 de julio de cada año y finaliza el 30 de junio del año siguiente.

Artículo 41 La Comisión Gestora del Fondo de Previsión de la Vivienda podrá formular las correspondientes normas de ejecución con base en estas medidas.

Artículo 42 Las presentes Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación y tendrán una vigencia de 5 años. Al mismo tiempo se abolieron las "Medidas de gestión del Fondo de Previsión para la Vivienda de la ciudad de Ningde (ensayo)" originales (Ning [2007] Nº 261).

Artículo 43 El derecho de interpretación de las presentes Medidas corresponde a la Comisión Gestora del Fondo Municipal de Previsión de la Vivienda.