¿Qué debo hacer si la inspección anual de mi automóvil está vencida?
De acuerdo con las disposiciones pertinentes del artículo 16 del "Reglamento para la Aplicación de la Ley de Seguridad Vial", los vehículos de motor deberán someterse a una inspección técnica de seguridad dentro del siguiente período a partir de la fecha de matriculación:
1. Los turismos en funcionamiento deberán ser inspeccionados una vez al año dentro de 5 años y una vez cada 6 meses durante más de 5 años
2. Camiones y pasajeros grandes y medianos que no estén en funcionamiento; los automóviles se inspeccionarán una vez al año dentro de 10 años; y cada 10 años o más una vez cada 6 meses;
3. Los autobuses pequeños y micro no comerciales se inspeccionarán una vez cada 2 años dentro de 6 años; una vez al año por más de 6 años y una vez cada 6 meses para mayores de 15 años.