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Detalles de las Regulaciones de Divulgación de Información del Gobierno Municipal de Hangzhou

Capítulo 1 Principios Generales

Artículo 1 Con el fin de establecer un sistema de gestión administrativa justo y transparente, proteger el derecho a la información de los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, y supervisar que las agencias gubernamentales desempeñen sus funciones de conformidad con la ley, de acuerdo con la "Divulgación de información gubernamental de la República Popular China". Estos reglamentos se formulan en base a las disposiciones pertinentes de las leyes y reglamentos, como los Reglamentos y la situación real de esta ciudad.

Artículo 2 El término "información gubernamental", tal como se menciona en este reglamento, se refiere a la información registrada y conservada en una determinada forma producida u obtenida por los gobiernos populares en todos los niveles y sus departamentos en el proceso de desempeño administrativo. funciones o prestación de servicios públicos.

Esta disposición se aplicará a la divulgación de información gubernamental por parte de organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos para gestionar asuntos públicos.

Artículo 3: Estas regulaciones se aplican a la divulgación de información gubernamental dentro de la región administrativa de la ciudad de Hangzhou.

Artículo 4 Los gobiernos populares municipales, distritales y de condado (ciudad) establecerán un sistema de reuniones conjuntas para la divulgación de información gubernamental. La reunión conjunta está compuesta por oficinas gubernamentales (oficinas), departamentos de gestión de información, departamentos de supervisión, agencias legales gubernamentales y otros departamentos gubernamentales relevantes. Es responsable de investigar, coordinar y promover asuntos importantes en el proceso de divulgación de información gubernamental.

Los departamentos administrativos de información de los gobiernos populares municipales, distritales y de condado (ciudades) son responsables de organizar, orientar y promover la implementación de estas regulaciones.

Las instituciones legales y los departamentos de supervisión de los gobiernos populares municipales, distritales y de condado (ciudad) supervisarán la implementación de estas regulaciones de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.

Artículo 5 Los gobiernos populares en todos los niveles y sus departamentos funcionales, así como las organizaciones con la función de gestionar los asuntos públicos autorizadas por las leyes y reglamentos, son los obligados a la divulgación de información gubernamental (en adelante, la divulgación deudores) y divulgarán información de conformidad con la ley.

El obligado a la divulgación designará las agencias especializadas y el personal del departamento para manejar los asuntos de divulgación de información gubernamental, será responsable del trabajo diario de divulgación de información gubernamental del departamento y publicará su información de contacto.

Los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones son los titulares de derechos de divulgación de información gubernamental (en adelante, los titulares de derechos) y disfrutan del derecho a obtener información gubernamental de conformidad con la ley.

Las responsabilidades específicas de la agencia responsable del trabajo diario de divulgación de información gubernamental de la unidad (en adelante, la agencia de divulgación de información gubernamental) son:

(1) Llevar a cabo la trabajo de divulgación de información gubernamental de la unidad;

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(2) Mantener y actualizar la información gubernamental divulgada por la unidad;

(3) Organizar la preparación de información gubernamental directrices de divulgación, catálogos de divulgación de información gubernamental e informes anuales de divulgación de información gubernamental;

(4) Realizar una revisión de confidencialidad de la información gubernamental que se divulgará;

(5) Otras responsabilidades relacionadas con la información gubernamental divulgación especificada por la unidad.

Artículo 6: La divulgación de información gubernamental será el principio y la no divulgación será la excepción.

La divulgación de información gubernamental debe seguir los principios de legalidad, oportunidad, veracidad, equidad y conveniencia para el pueblo.

Las personas obligadas a divulgar información pública deberán divulgar con prontitud y precisión la información gubernamental. Si se descubre información falsa o incompleta que afecte o pueda afectar la estabilidad social o alterar el orden de gestión social, el gobierno deberá divulgar información precisa en el ámbito de sus funciones para aclararla.

Artículo 7 Ningún ciudadano, persona jurídica u otra organización podrá obstruir o restringir ilegalmente las actividades de los obligados a revelar y los derechos de los obligados a revelar a obtener información gubernamental de conformidad con la ley.

Artículo 8 El deudor de la divulgación establecerá y mejorará el mecanismo de coordinación de la divulgación de información del gobierno. Cuando un deudor divulgador divulga información gubernamental que involucra a otras unidades, deberá comunicarse y confirmar con las unidades relevantes para garantizar la exactitud y coherencia de la información gubernamental divulgada.

Si el deudor de la divulgación necesita aprobar la divulgación de información gubernamental de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, no deberá divulgarla sin aprobación.

Artículo 9 Los gobiernos populares de todos los niveles incluirán fondos gubernamentales de divulgación de información en sus presupuestos anuales para garantizar la realización normal de las actividades gubernamentales de divulgación de información.

Artículo 10: La divulgación de información gubernamental por parte de los obligados a revelarla no pondrá en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social.

Capítulo 2 Contenido de la divulgación

Artículo 11 El deudor de la divulgación deberá divulgar proactivamente información gubernamental que cumpla uno de los siguientes requisitos básicos:

(1) Que involucre intereses vitales de ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones;

(2) Requiere conocimiento o participación pública generalizada;

(3) Refleja instituciones, funciones, procedimientos, etc. ;

(4) Otros asuntos que deben divulgarse proactivamente de acuerdo con las leyes, reglamentos y disposiciones nacionales pertinentes.

Artículo 12 Los gobiernos populares municipales, distritales, de condado (ciudad) y sus departamentos determinarán el contenido específico de la información gubernamental que se divulgue proactivamente dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades de conformidad con las disposiciones del artículo 11. de estas regulaciones se centran en divulgar la siguiente información gubernamental:

(1) Reglamentos administrativos, reglas y documentos normativos;

(2) Planes nacionales de desarrollo económico y social, planes especiales. planes regionales y políticas relacionadas;

(3) Información estadística nacional sobre desarrollo económico y social;

(4) Presupuesto financiero e informe de cuentas finales;

(5 ) Cargos administrativos Proyectos, bases y estándares;

(6) Catálogo, estándares y estado de implementación de proyectos de adquisiciones centralizadas del gobierno;

(7) Asuntos de licencia administrativa, bases, condiciones, cantidades y procedimientos y plazos, así como la lista y el estado de procesamiento de todos los materiales necesarios para solicitar licencias administrativas;

(8) Estado de aprobación e implementación de los principales proyectos de construcción;

( 9) Políticas y medidas de alivio de la pobreza, educación, atención médica, seguridad social y promoción del empleo y su implementación;

(10) Planes de contingencia, información de alerta temprana y medidas de respuesta para emergencias públicas;

(10) 1) Protección ambiental, salud pública, seguridad de la producción, alimentos y medicamentos, y supervisión e inspección de la calidad de los productos;

(12) Asuntos importantes de la construcción y gestión urbana y rural;

(13) Construcción social de instituciones de bienestar

(14) Expropiación o requisa de terrenos, demolición de viviendas y pago y utilización de indemnizaciones y subsidios

(15) Rescate de emergencia y socorro en casos de catástrofe, atención y socorro preferencial y gestión, utilización y distribución de donaciones sociales.

Artículo 13 La información gubernamental clave divulgada por los gobiernos populares municipales, distritales, de condado (ciudad) y sus departamentos incluirá el siguiente contenido:

(1) Suministro de tierras y bienes raíces transacciones

(2) La construcción y distribución de viviendas asequibles, y la construcción y aplicación de viviendas de bajo alquiler.

(3) El estado de adjudicación de la licitación y el progreso del proyecto; proyectos de infraestructura urbana;

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(4) El uso de importantes fondos y fondos especiales;

(5) Las condiciones, procedimientos y resultados para el reclutamiento, empleo y selección pública de cuadros para funcionarios públicos;

( 6) Divulgar la estructura organizativa del deudor, dirección de la oficina e información de contacto;

(7) Las funciones del deudor, base para el establecimiento, condiciones de trabajo , procedimientos de trabajo, plazos de trabajo, canales de supervisión y alivio;

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(8) Divulgar los nombres, división de responsabilidades e información de contacto del personal del deudor;

(9 ) Otra información gubernamental que deba divulgarse de conformidad con las leyes, reglamentos y normas.

Si las leyes y reglamentos tienen otras disposiciones sobre la autoridad de divulgación de los asuntos del párrafo anterior, esas disposiciones prevalecerán.

Artículo 14 El gobierno popular del municipio (pueblo), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de este reglamento, determinará el contenido específico de la información gubernamental divulgada proactivamente en el ámbito de sus funciones, centrándose en divulgar la siguiente información gubernamental:

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Implementación de políticas nacionales de trabajo rural;

(2) Ingresos y gastos financieros, gestión y uso de diversos fondos especiales;

(3) Municipios (pueblos) ) Planificación general del uso del suelo y revisión del uso del sitio de vivienda;

(4) Expropiación o adquisición de terrenos, demolición de viviendas, pago y uso de compensaciones y subsidios;

(5) Reclamaciones y deudas, financiación y mano de obra del municipio (pueblo);

(6) Distribución de fondos y materiales como ayuda de emergencia, cuidados especiales, ayuda, donaciones sociales, etc. ;

(7) Empresas colectivas municipales y Contratación, arrendamiento y subasta de otras entidades económicas municipales;

(8) Implementación de la política de planificación familiar.

Artículo 15 Además de la información gubernamental divulgada proactivamente por los obligados a revelar especificados en los artículos 11, 12, 13 y 14 de este Reglamento, los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones también pueden solicitar al deber de revelación obtener información gubernamental relevante basada en sus propias necesidades especiales, como producción, vida, investigación científica, etc. Excepto el contenido prohibido por leyes, reglamentos o estos reglamentos, el deudor de divulgación deberá divulgarlo al titular del derecho de divulgación previa solicitud.

Artículo 16 Para asuntos que involucren intereses vitales de ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones, o asuntos que tengan un impacto social significativo, se implementará un sistema de divulgación previa antes de la toma de decisiones formal. Antes de tomar una decisión, el organismo redactor o el organismo decisorio hará público el proyecto y escuchará plenamente las opiniones públicas.

Artículo 17 La siguiente información gubernamental está exenta de divulgación:

(1) Pertenece a secretos de estado;

(2) Involucra secretos comerciales;

(3) Que involucren la privacidad personal;

(4) Durante el proceso de investigación, discusión y procesamiento, a menos que las leyes, reglamentos y este reglamento dispongan lo contrario;

(5 ) Está relacionado con la aplicación de la ley administrativa y la divulgación puede afectar la inspección, la investigación, la recopilación de pruebas y otras actividades de aplicación de la ley o amenazar la seguridad de la vida personal;

(6) Otras circunstancias exentas de divulgación de acuerdo con las leyes y regulaciones.

La información gubernamental enumerada en los puntos (2) y (3) del párrafo anterior no estará exenta de restricciones de divulgación bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) El derecho El titular o las partes relevantes aceptan la divulgación;

(2) Si el deudor de la divulgación cree que la no divulgación puede tener un impacto significativo en los intereses públicos, deberá informar al obligante o a las partes relevantes por escrito de la contenido y motivos de la decisión de divulgar la información gubernamental;

(3) Puede divulgarse de acuerdo con las leyes y regulaciones.

Si la información gubernamental enumerada en los puntos (4) y (5) del párrafo 1 tiene intereses públicos obvios y no causará daños sustanciales, el deudor de la divulgación puede decidir divulgarla.

Artículo 18 El deudor de la divulgación establecerá y mejorará el mecanismo de revisión de la confidencialidad para la divulgación de información gubernamental y aclarará los procedimientos y responsabilidades de revisión.

Antes de divulgar información gubernamental, el deudor de la divulgación deberá revisar la información gubernamental que se divulgará de acuerdo con la "Ley de la República Popular China sobre la Protección de Secretos de Estado" y otras leyes, regulaciones y regulaciones nacionales relevantes.

Cuando el deudor de la divulgación no está seguro de si la información gubernamental puede divulgarse, deberá informarla al departamento comercial correspondiente o al departamento de confidencialidad del mismo nivel para su confirmación de conformidad con las leyes, reglamentos y disposiciones nacionales pertinentes. .

Artículo 19 El deudor de la divulgación garantizará la puntualidad y eficacia de la información gubernamental que divulga y la actualizará oportunamente cuando cambie el contenido de la información gubernamental divulgada.

Capítulo 3 Formas y Procedimientos de Publicidad

Artículo 20 Publicación de conformidad con los artículos 11, 12, 13 y 14 de este Reglamento La información gubernamental deberá divulgarse a través de una o más de las siguientes métodos:

(1) Sitio web del Portal del Gobierno de Hangzhou de China y sus subsitios web;

(2) Boletines gubernamentales u otras publicaciones especiales Información gubernamental publicada;

(3) Periódicos, radio, televisión, redes de información informática y otros medios;

(4) Salas de consulta pública, puntos de recopilación de información, tableros de anuncios de información gubernamental, pantallas electrónicas y otros lugares o instalaciones;

(5) Conferencias de prensa;

(6) Línea directa de servicio de divulgación de información gubernamental;

(7) Todos los niveles y departamentos Archivos y centros de servicio de referencia de documentos actuales;

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(8) Otras formas que faciliten el acceso oportuno y preciso del público a la información gubernamental.

Artículo 21 Los gobiernos populares municipales, distritales, de condado (ciudades) establecerán lugares de revisión de información gubernamental en archivos nacionales y bibliotecas públicas, y proporcionarán las instalaciones y equipos correspondientes para facilitar que los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones obtengan información gubernamental. información.

Los obligados a divulgar información podrán, según sea necesario, establecer salas de consulta pública, puntos de recopilación de información, tableros de anuncios informativos, pantallas electrónicas de información y otros lugares e instalaciones para divulgar información gubernamental.

Artículo 22 La información gubernamental producida por el deudor de divulgación será divulgada por la unidad que produce la información gubernamental; la información gubernamental obtenida por el deudor de divulgación de ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones será divulgada por el La unidad que mantiene la información del gobierno se hará pública. Si las leyes y regulaciones establecen la autoridad para revelar información gubernamental, dichas disposiciones prevalecerán.

La gestión de la información gubernamental que ha sido transferida a archivos e instituciones de archivos se implementará de acuerdo con las leyes, los reglamentos administrativos y las regulaciones nacionales pertinentes sobre gestión de archivos.

Artículo 23 La información gubernamental que esté dentro del alcance de la divulgación voluntaria se divulgará dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de formación o cambio de la información gubernamental y se proporcionará a los Archivos Nacionales y las bibliotecas públicas. Si las leyes y reglamentos estipulan lo contrario el límite de tiempo para la divulgación de información gubernamental, dichas disposiciones prevalecerán.

Artículo 24 Si el deudor de divulgación no cumple con las obligaciones de divulgación activa estipuladas en los artículos 11, 12, 13 y 14 de estas Disposiciones, el deudor de divulgación podrá exigir a los deudores de divulgación que cumplan sus obligaciones de divulgación activa oralmente, por escrito, por correo electrónico o por otros medios. El deudor de la divulgación deberá divulgar la información al público dentro de los 10 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de divulgación.

Si el contenido solicitado por el titular del derecho de divulgación ha sido divulgado, el deudor de la divulgación deberá proporcionar orientación. Si cae dentro del alcance de las obligaciones de divulgación voluntaria de otros departamentos, el departamento que lo acepta deberá notificarlo al titular del derecho de divulgación.

Artículo 25 Si el titular del derecho de divulgación solicita obtener otra información gubernamental más allá del alcance de la divulgación activa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de este Reglamento, podrá solicitarla mediante carta, telegrama, fax, correo electrónico. , etc. El deudor divulgador presenta una solicitud. Si es realmente difícil utilizar el formulario escrito, el solicitante puede presentarlo oralmente y el deudor de divulgación que acepta la solicitud completará el formulario de solicitud de divulgación de información gubernamental. La solicitud debe contener lo siguiente:

(1) Nombre, identificación e información de contacto del solicitante;

(2) Descripción de la información gubernamental requerida;

(3) Requisitos formales para la divulgación de información gubernamental.

Artículo 26 Si el deudor de la divulgación recibe una solicitud de divulgación de información gubernamental y puede responder en el acto, deberá responder en el acto. Si no fuera posible dar respuesta in situ, ésta se dará dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la solicitud.

Si es necesario ampliar el período de respuesta por razones objetivas como el procesamiento de información u otras razones legítimas, se deberá obtener el consentimiento del responsable de la agencia gubernamental de divulgación de información y se informará al solicitante. que la ampliación del plazo de respuesta no excederá de quince días hábiles.

Si la información gubernamental cuya divulgación se solicita involucra los derechos e intereses de un tercero, el tiempo requerido por el deudor de la divulgación para solicitar las opiniones del tercero no se contará dentro del plazo especificado en los párrafos 1 y 2 de este artículo.

Artículo 27 Si la información gubernamental solicitada para su divulgación no está dentro del alcance del deudor de divulgación o no existe, el deudor de divulgación informará de inmediato al solicitante si se puede determinar el deudor de divulgación de información; El solicitante será notificado. Divulgará el nombre y la información de contacto del deudor.

Si el contenido de la solicitud de divulgación no es claro, la persona que acepta la obligación de divulgación deberá notificarlo al solicitante para que modifique o complete la solicitud.

Si el mismo solicitante solicita repetidamente al mismo deudor de publicidad el mismo contenido, el deudor de publicidad no deberá responder repetidamente.

Artículo 28 Si el deudor de la divulgación no puede responder al solicitante dentro del plazo prescrito debido a fuerza mayor u otras razones legales, durante el período de suspensión, el deudor de la divulgación deberá notificar inmediatamente al solicitante por escrito de los motivos de la suspensión.

El plazo se seguirá computando a partir de la fecha en que se elimine el motivo de suspensión.

Artículo 29 Si la información gubernamental cuya divulgación se solicita contiene contenido cuya divulgación está prohibida o restringida, pero que puede manejarse por separado, el deudor de la divulgación deberá divulgar la parte que puede divulgarse al solicitante.

Cuando el deudor de la divulgación indica al solicitante si existe cierta información gubernamental, lo que conducirá a la divulgación de información gubernamental que no debería ser divulgada, el deudor de la divulgación tiene el derecho de no confirmar la existencia de la información.

Artículo 30 Los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que soliciten ser obligados a revelar información para el pago de impuestos, seguridad social, medicina y salud y otra información gubernamental relacionada con ellos mismos deberán presentar documentos de identidad válidos o documentos acreditativos.

Si los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones tienen evidencia de que los registros de información gubernamental relacionados con ellos proporcionados por el deudor de la divulgación son inexactos, tienen derecho a exigirles que realicen correcciones. Si el obligado de la publicidad no tuviera derecho a realizar correcciones, se dará traslado a la unidad que tenga derecho a realizar correcciones y se notificará al solicitante.

Artículo 31 El deudor de la divulgación deberá revelar información gubernamental previa solicitud y proporcionarla en la forma solicitada por el solicitante; si no puede proporcionarse en la forma solicitada por el solicitante, podrá disponer que el solicitante la revise; materiales relevantes, Proporcione una copia u otro formulario apropiado.

Artículo 32 El deudor de divulgación que proporciona información gubernamental de acuerdo con estas regulaciones solo puede cobrar los costos reales de búsqueda, copia, envío por correo y otros costos al titular del derecho de divulgación de acuerdo con la ley, y no puede cobrar otros costos. honorarios.

Artículo 33 El deudor de la divulgación no proporcionará información gubernamental que el obligante de la divulgación se niegue a revelar o proporcione en forma de servicios pagos o servicios pagos encubiertos. Las empresas, instituciones u organizaciones intermediarias brindan servicios pagos pagos o encubiertos. titulares de derechos de divulgación.

Artículo 34 El deudor de la divulgación deberá preparar y publicar directrices de divulgación de información gubernamental y catálogos de divulgación de información gubernamental, actualizarlos de manera oportuna e informarlos al departamento administrativo de información del mismo nivel para su presentación antes de que finalice. de cada año.

La guía de divulgación de información gubernamental deberá incluir la clasificación, sistema de disposición y métodos de adquisición de la información gubernamental, así como el nombre, dirección de la oficina, horario de atención, número de contacto, número de fax, dirección de correo electrónico, etc. la agencia gubernamental de divulgación de información.

El directorio de divulgación de información gubernamental deberá incluir el índice, nombre, resumen de contenido, fecha de generación, etc. de la información gubernamental.

Artículo 35 Los gobiernos populares de todos los niveles establecerán y mejorarán el sistema de portavoces gubernamentales para divulgar información gubernamental a la sociedad en nombre del gobierno del mismo nivel.

Los departamentos funcionales de los gobiernos populares en todos los niveles y las organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos para gestionar los asuntos públicos deben establecer su propio sistema de portavoces departamentales en función de las necesidades reales.

Artículo 36 Si un ciudadano que solicita la divulgación de información gubernamental tiene dificultades financieras, las tarifas correspondientes pueden reducirse o eximirse previa solicitud personal y aprobación de la persona a cargo de la agencia de divulgación de información gubernamental.

El obligado de la publicidad prestará la asistencia necesaria a los solicitantes discapacitados y analfabetos que tengan dificultades para leer.

Capítulo 4 Supervisión y Ayuda

Artículo 37 Los departamentos de administración de información de los gobiernos populares municipales, distritales y de condado (ciudad) publicarán la información de sus respectivas regiones administrativas antes del final. de marzo de cada año. Informe Anual de Divulgación de Información Gubernamental. El informe anual incluirá el siguiente contenido:

(1) Información gubernamental divulgada por el deudor divulgador;

(2) Estadísticas sobre solicitudes de divulgación de información gubernamental por parte de los obligantes;

(2) Estadísticas sobre las solicitudes de divulgación de información gubernamental por parte de los obligantes;

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(3) Estadísticas clasificadas de información gubernamental divulgada, parcialmente divulgada y exenta de divulgación por parte del deudor de divulgación previa solicitud

(4) Cargos y exenciones por divulgación de información gubernamental

(5) Solicitud de reconsideración administrativa y litigio administrativo por revelación de información gubernamental;

(6) Principales problemas existentes y medidas de mejora;

(7) Otros asuntos importantes eso debería ser reportado.

El deudor de la divulgación deberá resumir el trabajo de divulgación de información gubernamental realizado por el departamento en el año anterior antes del final de cada año y proporcionar un informe resumido por escrito a la autoridad de información.

Artículo 38 La agencia de asuntos legales del Gobierno Popular Municipal, junto con los departamentos pertinentes, es responsable de realizar periódicamente operaciones de información gubernamental en los departamentos gubernamentales del mismo nivel, organizaciones autorizadas por las leyes y reglamentos con la función de gestionar los asuntos públicos y los gobiernos populares de distrito, condado (ciudad). Evaluar la situación pública.

Las agencias legales de los gobiernos populares de distrito y condado (ciudad) son responsables de evaluar periódicamente, junto con los departamentos pertinentes, la implementación de la divulgación de información gubernamental por parte de los departamentos funcionales gubernamentales del mismo nivel, las organizaciones con el función de gestionar los asuntos públicos, las agencias gubernamentales y los gobiernos municipales.

Los estándares de evaluación específicos serán formulados por separado por el Gobierno Popular Municipal.

Artículo 39 Si un obligado a la publicidad viola estas normas y se encuentra en cualquiera de las siguientes circunstancias, la autoridad de control y el departamento administrativo superior le ordenarán que haga correcciones si las circunstancias son graves, la persona directamente en; cargo y demás personas directamente responsables serán sancionadas de conformidad con la ley; si se constituye un delito, la responsabilidad penal será investigada de conformidad con la ley:

(1) Incumplimiento. obligaciones de divulgación de información gubernamental de conformidad con la ley;

(2) No actualizar el contenido de la información gubernamental de manera oportuna, la Guía de divulgación de información gubernamental y el Directorio de divulgación de información gubernamental;

(3 ) Cobrar tarifas en violación de las regulaciones;

(4) Proporcionar información gubernamental en forma de servicios pagos a través de otras organizaciones e individuos;

(5) Divulgar información gubernamental que no debería ser divulgado;

(6) Otras violaciones de las regulaciones.

Artículo 40 Si el obligado a revelar viola estas normas y no establece y mejora el mecanismo de revisión de confidencialidad para la divulgación de información gubernamental, la autoridad de control y el departamento administrativo superior ordenarán la corrección si el caso es grave; El responsable principal del organismo administrativo será sancionado de conformidad con la ley.

Artículo 41 Si un deudor de divulgación viola estas regulaciones al ocultar o proporcionar información gubernamental falsa, o filtrar secretos comerciales o privacidad personal, causando así daño a las partes interesadas, será responsable de una compensación de acuerdo con el ley; el personal relevante es sospechoso de haber cometido delitos, transferirlo a las autoridades judiciales para su procesamiento.

Artículo 42 Si el titular del derecho de divulgación cree que el deudor de la divulgación no ha cumplido con sus obligaciones gubernamentales de divulgación de información de conformidad con la ley, podrá informarlo al departamento de supervisión del deudor de la divulgación o a la autoridad superior. La agencia que acepte el informe deberá investigarlo y tratarlo.

Si el titular del derecho de divulgación cree que las acciones administrativas específicas del deudor de divulgación en el trabajo de divulgación de información del gobierno infringen sus derechos e intereses legítimos, puede solicitar una reconsideración administrativa o presentar una demanda administrativa. demanda conforme a la ley.

Capítulo 5 Disposiciones complementarias

Artículo 43 Los gobiernos populares de distrito, condado (ciudad), los departamentos gubernamentales municipales y las organizaciones autorizadas por leyes y reglamentos con la función de gestionar los asuntos públicos podrán formular una implementación específica. reglas de acuerdo con este reglamento.

Información en el proceso de prestación de servicios públicos sociales por parte de empresas e instituciones públicas como educación, medicina y salud, planificación familiar, suministro de agua, suministro de energía, suministro de gas, calefacción, protección del medio ambiente, transporte público, etc. Divulgación y aplicación de conformidad con las presentes normas.

Artículo 44 El presente reglamento entrará en vigor el 6 de junio de 2004.