Cómo entender el artículo 401 del Código Civil
1. Aspectos destacados de los cambios en las garantías mobiliarias
Hay cuatro tipos de garantías mobiliarias en el Código Civil, a saber, hipoteca mobiliaria, prenda mobiliaria, gravamen e hipoteca de precio. , el precio de la hipoteca es el artículo 1 del Código Civil. Hay muchos aspectos destacados en los cambios en el capítulo de garantía, pero debido a limitaciones de espacio, solo analizamos algunos problemas comunes en la práctica.
(1) La enajenación del bien hipotecado no requiere el consentimiento del deudor hipotecario;
El artículo 406 del "Código Civil" estipula que durante el período de la hipoteca, el deudor hipotecario podrá enajenar el inmueble hipotecado. A menos que las partes acuerden lo contrario, prevalecerá dicho acuerdo. Si se transmite el inmueble hipotecado, los derechos hipotecarios no se verán afectados.
Si el deudor hipotecario enajena el bien hipotecado, deberá comunicarlo inmediatamente al acreedor hipotecario. Si el acreedor hipotecario puede probar que la transferencia del bien hipotecado puede dañar el derecho hipotecario, podrá exigir al deudor hipotecario que cancele la deuda o deposite por adelantado el producto de la transferencia al acreedor hipotecario. La parte del precio de transferencia que excede el monto de los derechos del acreedor pertenece al deudor hipotecario y el déficit lo paga el deudor.
Este artículo explica que la modificación del Código Civil no sólo protege los derechos e intereses de terceros de buena fe, sino que también otorga al deudor hipotecario la libertad de transferir bienes si tiene bienes suficientes que probablemente no causen daño. los intereses del acreedor hipotecario También puede evitar que algunos acreedores hipotecarios impidan maliciosamente al deudor hipotecario transferir la propiedad. Sin embargo, un cambio en una nueva regulación implicará inevitablemente dos aspectos del mismo problema. Si bien otorga al deudor hipotecario libertad de transferencia, puede tener un impacto adverso mayor sobre los acreedores, especialmente las instituciones financieras. En este momento, el deudor hipotecario solo tiene la obligación de notificar, y el acreedor hipotecario realizará trabajos adicionales en cobranza, protección de derechos, etc., como confirmar la información de identidad del nuevo deudor hipotecario, determinar la dirección de contacto, estado de entrega, procesamiento. o arbitraje, etc., lo que provocará muchos obstáculos.
En la práctica, el autor cree que hay una condición en las disposiciones anteriores: "Si las partes han acordado lo contrario, dicho acuerdo prevalecerá". Aunque esta cláusula ha sido criticada por algunos estudiosos, el autor cree. que todavía tiene importancia práctica. En este momento, el acreedor puede agregar una cláusula en el contrato que prohíba al deudor hipotecario transferir la propiedad hipotecada en función de las circunstancias reales de la transacción para reducir los costos de protección de los derechos y los riesgos potenciales. Pero al mismo tiempo, considerando que la cláusula del contrato de que la propiedad hipotecada no puede transferirse no puede utilizarse contra un tercero de buena fe, para proteger al máximo los intereses de los acreedores, se puede establecer una cláusula de indemnización por daños y perjuicios específica. añadido al contrato.
(2) Si alquila primero y luego compensa la hipoteca, sólo podrá impugnar la hipoteca transfiriendo la posesión
El artículo 190 de la "Ley de Derechos de Propiedad" estipula que "si; el inmueble hipotecado ha sido arrendado antes de la celebración del contrato hipotecario, el arrendamiento original La relación no se ve afectada por el derecho hipotecario. Si el inmueble hipotecado se alquila después de constituida la hipoteca, la relación de arrendamiento no será contra la hipoteca registrada. "El artículo 405 del Código Civil establece que "antes de constituirse el derecho hipotecario, la relación de arrendamiento no quedará afectada por el derecho hipotecario". Si el bien hipotecado ha sido arrendado o enajenado, la relación de arrendamiento original no quedará afectada por el hipoteca."
Comparando los dos artículos, la "Ley de Derechos de Propiedad" estipula que la hipoteca bajo la condición de "arrendamiento primero, hipoteca después" no viola el principio de arrendamiento. Sin embargo, este artículo no Se estipula claramente cómo determinar el hecho del arrendamiento. En la práctica, un gran número de deudores hipotecarios firman contratos de arrendamiento con terceros de mala fe para luchar contra el acreedor hipotecario, lo que perjudica gravemente los intereses del acreedor hipotecario. El Código Civil pretende resolver el problema de la retroactivación de los contratos de arrendamiento que a menudo se produce en la práctica, subrayando que sólo la posesión efectiva del bien arrendado puede impugnar el derecho hipotecario. Sin embargo, oponerse a la hipoteca no significa que pueda impedir la realización de la misma. Ha habido un caso en el Tribunal Supremo de que, ya sea que el arrendamiento se produzca antes o después, no afecta la solicitud del acreedor hipotecario al tribunal para confirmar el derecho hipotecario establecido de conformidad con la ley (ver (2019) Sentencia preliminar del Tribunal Popular Supremo No 1206 para más detalles).
De hecho, existen precedentes en la práctica. El establecimiento de un contrato de arrendamiento no sólo depende de los términos del contrato, sino que también depende del momento en que el arrendatario efectivamente posee y utiliza el inmueble arrendado, y También depende del pago del canon de arrendamiento y de la determinación integral del precio del mercado.
(3) Se han relajado las normas que prohíben el flujo de cargas eléctricas;
El artículo 186 de la "Ley de Derechos de Propiedad" estipula que si el deudor no cumple con la deuda vencida antes Al expirar el plazo de cumplimiento de la deuda, el derecho hipotecario podrá no estar de acuerdo con el deudor hipotecario en que el bien hipotecado pertenezca al acreedor. Según esta disposición, las condiciones de una hipoteca están expresamente prohibidas por la ley, ya que si la ley respalda la hipoteca, no sólo será perjudicial para la protección de los derechos e intereses legítimos del deudor hipotecario, sino que también será contrario a los principios básicos de Justicia e igualdad en el derecho civil.
El artículo 401 del "Código Civil" estipula que si el acreedor hipotecario y el deudor hipotecario acuerdan que si el deudor no cumple con la deuda vencida antes del vencimiento del plazo de cumplimiento de la deuda, el bien hipotecado pertenecerá al acreedor, y el bien hipotecado sólo puede transmitirse al acreedor conforme a la prelación de pago.
El artículo 428 del "Código Civil" estipula que si el acreedor prendario y el pignorante acuerdan que si el deudor no cumple con la deuda vencida antes de la expiración del plazo de cumplimiento de la deuda, los bienes pignorados pertenecerán al acreedor de conformidad con la ley sólo se puede pagar en primer lugar el bien pignorado.
Este cambio es consecuencia del ajuste en la expresión de la cláusula "prohibición de hipoteca" del Código Civil. La cláusula hipotecaria pactada entre las partes ya no está absolutamente prohibida. Pero no se trata en cierta medida de un reconocimiento jurídico del derecho hipotecario, sino del derecho de prioridad al pago del inmueble. La premisa sigue siendo el "hipotecario" y el "deudor prendario". En términos de efectos jurídicos, el deudor hipotecario o pignoraticio no tiene obligación de transferir la propiedad de la hipoteca o del bien pignorado; sólo necesita subastar o vender el bien hipotecado para lograr la prioridad de pago. Desde esta perspectiva, esta disposición no es una innovación, sino un reconocimiento legal de prácticas consistentes en la práctica. Al mismo tiempo, combinado con las disposiciones pertinentes sobre garantías de transferencia en los "Nueve Minutos del Pueblo", "los acreedores pueden tener prioridad en el reembolso de sus derechos de acreedor mediante subastas, ventas, descuentos, etc." del Pueblo" y el "Código Civil" son consistentes en espíritu legislativo. Coherente (para obtener detalles sobre la cesión de garantía y el pago de la deuda en especie, consulte otro artículo del autor).
(4) Proporcionar base legal para garantías atípicas.
El artículo 388 del Código Civil establece que también pertenecen a los contratos de garantía "otros contratos con funciones de garantía", lo que amplía el alcance de los contratos de garantía. Los contratos de garantía ya no se limitan a los contratos de hipoteca y prenda, sino que también proporcionan una base jurídica para la determinación de garantías atípicas. Esta disposición tiene por objeto abordar diversas garantías atípicas que ya existen en la práctica. Según las disposiciones legales vigentes, las garantías se dividen en garantías legales y garantías intencionales. Los gravámenes son garantías legales y las garantías reales establecidas mediante contratos son garantías intencionales. Según el principio de los derechos legales de propiedad, sólo existen dos formas de garantía: hipoteca y prenda. Sin embargo, en la práctica, las actividades comerciales han vulnerado durante mucho tiempo los métodos de garantía legales mencionados anteriormente y han establecido muchas garantías atípicas. De manera similar, las Nueve Actas del Pueblo también afirmaron la importancia de las garantías atípicas (véanse los artículos 66 y 67 de las Nueve Actas del Pueblo para más detalles).
II. Reglas sobre Prelación de Compensación de Garantías Hipotecarias en el “Código Civil”
Reglas
De acuerdo con lo dispuesto en el “Código Civil”, un mismo bien mueble tiene múltiples Cuando las garantías reales compiten, el orden de prelación de pago es: gravamen > precio de la hipoteca > hipoteca registrada y prenda (por orden de tiempo de anuncio público) > hipoteca no registrada.
Disposiciones Legales
El artículo 456 del Código Civil establece que si sobre un mismo bien mueble se ha constituido hipoteca o prenda y el bien mueble está sujeto a gravamen, el titular del gravamen tendrá prioridad para recibir el pago— —Indica que la garantía real legal sobre bienes muebles prevalece sobre la garantía real convenida.
El artículo 416 del Código Civil establece que, salvo el titular del gravamen, el acreedor hipotecario del precio de compra tiene prioridad sobre los demás titulares de garantías reales del acreedor hipotecario, lo que significa que incluso la superprelación es secundaria sobre el derecho de. derecho de retención.
El artículo 414 del Código Civil establece que si un mismo bien mueble está hipotecado a más de dos acreedores, la prelación de los derechos hipotecarios múltiples se establecerá de acuerdo con el orden de inscripción de la hipoteca. Según el artículo 415 del Código Civil, si se constituyen al mismo tiempo hipoteca y prenda sobre un mismo bien mueble, el orden de pago del producto de la subasta o venta del bien se determinará según el momento de la registro y entrega, es decir, la garantía mobiliaria anunciada primero tendrá precedencia sobre una garantía real sobre bienes muebles que se anuncie posteriormente. Sin embargo, las hipotecas muebles se publican mediante inscripción y las prendas muebles se publican mediante posesión. El autor cree que es más razonable modificar las disposiciones sobre tratamiento diferenciado de hipotecas y prendas en interpretaciones judiciales anteriores de la Ley de Garantías.
Ajustes Menores
El artículo 65 del "Acta de las Nueve" estipula que si sobre un mismo bien mueble se constituye simultáneamente prenda e hipoteca, el orden de si la publicidad ha sido y se seguirá la publicidad. Para determinar el orden de amortización se estará a lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley de Propiedad: Si la prenda está válidamente constituida y se tramita la inscripción de la hipoteca, el orden de amortización se determinará de conformidad. con la orden de anuncio público si la orden es la misma, el reembolso será proporcional a los derechos del acreedor si la prenda está válidamente constituida y no ha sido tramitada. Si el derecho hipotecario está registrado, el derecho prendario tiene prioridad sobre la hipoteca; derecho si la prenda no ha sido constituida efectivamente y la inscripción de la hipoteca no ha sido completada, la hipoteca ha sido efectivamente constituida en ese momento, por lo que la hipoteca tiene prioridad para ser pagada; Esta disposición es coherente con el espíritu del Código Civil.
En tercer lugar, las reglas del comprador en las actividades comerciales normales
Disposiciones legales
El artículo 404 del "Código Civil" establece que quien hipoteca bienes muebles no puede impugnar una comprador que paga un precio razonable para obtener la propiedad hipotecada durante las actividades comerciales normales.
El artículo 189 de la "Ley de Derechos de Propiedad" establece que si se constituye una hipoteca de conformidad con el artículo 181 de esta Ley (Hipoteca Flotante de Bienes Muebles), no será contra un comprador que haya pagado una cantidad razonable. precio para obtener el inmueble hipotecado en la actividad empresarial normal.
Análisis del artículo
La actual "Ley de Derechos de Propiedad" sólo estipula que el acreedor hipotecario flotante de bienes muebles tiene derecho a la normal explotación del bien hipotecado, mientras que el artículo 404 de la Ley "Civil "Código" confiere este derecho a todo deudor hipotecario de bienes muebles - desde el original sólo aplicable a cargas flotantes sobre bienes muebles hasta todas las hipotecas sobre bienes muebles. Sin embargo, las reglas de funcionamiento habituales del comprador en la actual legislación sobre bienes muebles sólo se aplican a las cargas flotantes sobre bienes muebles. De hecho, este rango es obviamente demasiado pequeño. Si antes de cada transacción de bienes muebles el comprador tiene que comprobar si están registrados, esto socavará el principio de eficiencia de las transacciones comerciales y aumentará los costos del comprador. Las disposiciones del Código Civil deberían suponer un gran paso adelante.
Sugerencias prácticas
En la práctica de prueba, la atención se centra en cómo identificar al "comprador" y las "actividades comerciales normales".
1. Las condiciones que debe cumplir el comprador: (1) El bien adquirido es mueble; (2) El sujeto protegido debe ser el comprador en las actividades normales de transacción, incluida la compra de bienes en el curso normal; de negocio. El inventario vendido por el vendedor está garantizado por la persona y el consumidor de la transacción de mercado en el financiamiento de inventario. (3) El comprador debe ser la persona que paga un precio razonable para obtener la garantía;
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2. ¿Qué son las “actividades comerciales normales”? La Ley de Propiedad no contiene disposiciones específicas y claras. En la práctica judicial, sólo existen amplias restricciones sobre cómo juzgar las actividades comerciales normales, y el tribunal tiene la discreción de juzgar la razonabilidad de las acciones. El tribunal emitió un juicio integral basado en las circunstancias del caso, combinado con los hábitos de transacción y las prácticas comerciales, y captó específicamente dos factores: en primer lugar, existe un contrato de transacción válido y la otra parte ha pagado un precio razonable; se ha transferido la propiedad de la propiedad y el comprador ha obtenido la propiedad hipotecada en tercer lugar, no se ha encontrado ninguna otra colusión maliciosa que perjudique los intereses de los acreedores.
Por supuesto, este es solo un estándar de identificación básico y requiere un análisis específico de cuestiones específicas. En un caso, el juez considerará muchos factores y detalles, como la relación entre las partes de la transacción, la transacción. hábitos y tiempo, y la naturaleza de la transacción, razonabilidad, pago del precio, etc.
En cuarto lugar, el establecimiento por primera vez de la superprelación
El artículo 416 del Código Civil
establece que el crédito principal garantizado por una hipoteca mobiliaria es el precio del inmueble hipotecado. Si la inscripción de la hipoteca se realiza dentro de los diez días siguientes a la entrega de la cosa, el acreedor hipotecario tiene prioridad sobre los demás titulares de derechos reales garantizados del comprador del bien hipotecado, excepto el titular del gravamen.
Antecedentes legislativos
En el caso de que un prestatario pida dinero prestado para comprar bienes e hipoteque los bienes al prestamista como garantía del precio, el Código Civil da prioridad al derecho hipotecario sobre proteger los derechos del financista para facilitar la financiación. Esta disposición puede aplicarse por analogía a los sistemas de arrendamiento financiero y retención de la propiedad.
Análisis del artículo
Esta disposición otorga al vendedor de la hipoteca el derecho a tener prioridad sobre otros acreedores hipotecarios con la "garantía real del precio de compra", lo que se denomina "súper prioridad" en el ámbito académico. círculos ". Esta hipoteca tiene su origen en la denominada "garantía de garantía del precio de compra (PMSI)" de los artículos 9 a 103 del Código Comercial Uniforme de los Estados Unidos. Esta determinación por primera vez en el Código Civil supone una excepción a la “regla del primero en registrarse” establecida en el artículo 414 del Código Civil, que prevalece.
Esta disposición es una disposición recientemente agregada en la compilación del Código Civil y fue cuestionada por algunos estudiosos después de su anuncio. Algunos estudiosos creen que "el lenguaje de esta cláusula es oscuro y difícil de entender para la gente corriente...". De hecho, el autor cree que el objetivo de este reglamento es proteger los intereses de los vendedores y su base teórica es fomentar el consumo a crédito y las ventas a crédito de equipos, bienes de supervivencia, bienes de consumo y otros productos básicos, por lo que se debe dar prioridad. a proteger los derechos e intereses de los vendedores. Esta es otra forma de protección para que el vendedor recupere el precio de transferencia fuera del sistema de retención de la propiedad. Después de que el vendedor vende la cosa (bienes muebles) al comprador, o después de que el acreedor proporciona el precio de la cosa, el vendedor o el acreedor establece una hipoteca sobre la cosa para garantizar los derechos del acreedor con base en el precio de la misma. materia, que se completa dentro del plazo legal después de que se registra la hipoteca, el derecho hipotecario del vendedor o acreedor tiene prioridad sobre otras garantías reales, pero sigue siendo inferior al derecho de gravamen. Si es más sencillo y directo, se puede expresar como: el principal crédito garantizado por la hipoteca de precio es el precio de compra del bien mueble hipotecado. Sin más, pongamos un ejemplo.
Por ejemplo
El 1 de julio de 2020, Xiao A firmó un contrato de venta con Xiao B para vender todos los vehículos propiedad de Xiao A a Xiao B por un precio de contrato de 300.000 yuanes. . Debido a la escasez de fondos, Xiao B y Xiao A concertaron una cita para entregar el automóvil y gestionar el registro de la transferencia el mismo día. El pago del auto es de 65,438+ pagadero antes del 31 de febrero de 2020. El mismo día, Xiaoa entregó el vehículo y registró el cambio de propiedad. El 8 de julio de 2020, Xiao A y Xiao B registraron su hipoteca. 65438 + expiró el 31 de febrero de 2020 y Little B aún no ha pagado el pago del automóvil de 300.000 yuanes. Más tarde se descubrió que Little B prometió el vehículo a Little C el 3 de julio de 2020 y luego se lo prometió a Little D el 5 de julio de 2020. En este momento, de acuerdo con la regla de prioridad de precio, incluso si se registra más tarde, Little B tiene mejor derecho hipotecario que Little C y Little D, y puede tener prioridad para recibir el producto de la subasta o venta del vehículo. La pequeña c y la pequeña d se clasifican de acuerdo con las reglas de que quien se registre primero será enviado primero. (Consulte el análisis de puntos críticos antes mencionado para obtener más detalles)
Análisis práctico
1. ¿Cuál es el alcance del precio del acreedor hipotecario?
El artículo 416 del "Código Civil" sólo establece que el crédito principal garantizado por una hipoteca mobiliaria es el precio de la hipoteca, pero no limita que sólo el vendedor de la cosa pueda convertirse en acreedor hipotecario del precio. Por tanto, en la práctica, el comprador Un tercero que proporciona financiación también puede convertirse en acreedor hipotecario del precio. Por ejemplo, el vendedor no permite que el comprador compre a crédito y no está dispuesto a constituir una hipoteca. En este momento, el tercero, como financista, puede pagar el precio al vendedor y al mismo tiempo obtener la hipoteca del precio del bien mueble. O el vendedor acepta establecer prioridad de precio, momento en el que un tercero está dispuesto a pagar el precio por el comprador. En este momento, si al tercero no se le permite convertirse en acreedor hipotecario, el vendedor sólo puede transferir los derechos del acreedor y los derechos de prioridad antes mencionados al tercero, lo que aumenta la complejidad y el costo de la transacción.
2. ¿Qué garantía se puede fijar como precio hipotecario?
Según el artículo 416 del Código Civil, sólo se pueden hipotecar bienes muebles a un precio determinado, mientras que los bienes inmuebles y la propiedad intelectual no pueden hipotecarse a un precio determinado. Los bienes muebles aquí incluyen todos los bienes muebles, como vehículos, productos, equipos de producción, productos semiacabados, materias primas, etc.
3. ¿Puede coexistir una hipoteca de precio sobre una misma cosa?
Según lo dispuesto en el Código Civil, no está prohibido constituir dos o más hipotecas sobre un bien mueble, por lo que pueden coexistir hipotecas sobre un mismo bien mueble. Como se mencionó anteriormente, en el ejemplo anterior, Xiao A compra equipos para las necesidades comerciales de la empresa y solicita financiamiento a Xiao B y Xiao C al mismo tiempo.
En ese momento, Little B recaudó 100.000 yuanes y Little C recaudó 5 millones de yuanes, los cuales establecieron hipotecas de precios dentro de los diez días posteriores a la entrega del equipo. En este momento, tanto Little B como Little C son acreedores hipotecarios y se manejan de acuerdo con la regla de "el derecho hipotecario del primer acreedor hipotecario tiene prioridad".
4. ¿Cómo refleja la prioridad del precio lo "super" de su prioridad?
Sobre este tema, el autor cree que la razón por la que la prioridad de precio se denomina "súper prioridad" es porque rompe el principio de prioridad de la hipoteca. Siempre que se establezca la prioridad del precio después de cumplir varios de los requisitos establecidos en este artículo, podrá tener prioridad sobre todos los demás acreedores garantizados excepto el gravamen del comprador. Sin embargo, cabe señalar que la "súper" prioridad del cambio son sólo los demás titulares de valores que preceden al comprador, incluso si se establecen primero. Y si una persona distinta del comprador ha constituido otras garantías reales antes de la entrega de la cosa, ¿sigue siendo aplicable? Evidentemente, a juzgar por el propio artículo, no se puede aplicar. Según el artículo 406 del Código Civil, durante el período de la hipoteca, el deudor hipotecario podrá enajenar el bien hipotecado, si se enajena el bien hipotecado, no se afectarán los derechos hipotecarios; Explique que si el bien mueble está hipotecado en otro lugar en este momento, incluso si el acreedor hipotecario del precio tiene prioridad sobre otros acreedores hipotecarios del comprador, no puede tener prioridad sobre otros acreedores hipotecarios antes de la transferencia del bien mueble.