Interpretación de los conflictos de viaje en el Código Civil
. Según lo dispuesto en el Derecho Civil, la fuerza mayor se refiere a circunstancias imprevistas e imprevistas que evitan situaciones objetivas que no pueden superarse. En consecuencia, se modifica el segundo párrafo del artículo 22 de las “Disposiciones sobre Diversas Cuestiones Relativas a la Aplicación del Derecho en el Juicio de Controversias Turísticas” para quedar como: “Si el equipaje o los objetos confiados por el operador turístico o prestador de servicios auxiliares turísticos a El turista se daña o se pierde, el tribunal popular admitirá cualquier solicitud de indemnización por pérdidas, salvo en las siguientes circunstancias: (2) La pérdida es causada por fuerza mayor." Suprímase la expresión "accidente" en el texto original. .
Base jurídica
"Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de la ley en el juicio de casos de controversia turística" Artículo 22 Operadores turísticos o proveedores de servicios auxiliares turísticos encomendados por turistas Si equipaje o cosas se dañan o se pierden, y un turista solicita compensación por la pérdida, el tribunal popular la admitirá, salvo en las siguientes circunstancias:
(1) El turista no obedece la declaración anterior del operador turístico o proveedor de servicios auxiliares turísticos O pronta, no llevar consigo dinero en efectivo, valores y objetos de valor, causando pérdidas;
(2) La pérdida es causada por fuerza mayor o accidentes;
(3) La pérdida es causada por culpa del turista;
(4) La pérdida es causada por las propiedades naturales del artículo.