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¿Las agencias de viajes tienen que contratar un seguro de accidentes en viaje para turistas?

En cuanto al seguro de accidentes personales, las agencias de viajes sólo tienen la obligación de recordar a los turistas que se aseguren, pero no tienen obligación de asegurar a los turistas con un seguro de accidentes de viaje. Porque el artículo 61 de la Ley de Turismo sólo estipula que las agencias de viajes deben recordar a los turistas que participan en viajes en grupo que se aseguren con un seguro de accidentes personales de acuerdo con la normativa. Evidentemente, las agencias de viajes no pueden obligar a los turistas a contratar un seguro de accidentes de viaje ni están obligadas a contratar un seguro de accidentes para turistas.

Seguro de accidentes personales, también conocido como seguro de accidentes, también conocido como seguro de accidentes personales. Significa que el asegurado paga una determinada cantidad de prima a la compañía de seguros. Cuando el asegurado sufre un accidente durante el período del seguro y provoca directamente la muerte o la invalidez, la compañía de seguros paga una determinada cantidad de dinero del seguro al asegurado o al beneficiario según. al contrato de seguro. Tiene las características de corto plazo, flexibilidad y prima baja. El seguro de accidentes incluye el beneficio por fallecimiento, el beneficio por invalidez, el beneficio médico y el beneficio por suspensión. Cabe señalar que las lesiones accidentales a las que aquí se hace referencia deben ser lesiones del cuerpo humano. Los dispositivos artificiales que reemplazan las funciones del cuerpo humano, como prótesis, ojos y dientes, no forman parte del cuerpo natural y no pueden asegurarse. Si el asegurado sufre un accidente involuntario, externo o repentino durante el período de vigencia del seguro, resultando en incapacidad física o muerte, la compañía aseguradora pagará el dinero del seguro de acuerdo con lo establecido en el contrato de seguro.

Las lesiones accidentales deben cumplir las siguientes condiciones: Causas externas se refieren a accidentes provocados por causas externas al cuerpo del asegurado, como accidentes automovilísticos, ataques de mafiosos, ahogamiento, intoxicaciones alimentarias, etc. La repentina se refiere a un accidente que ocurre en un instante y no toma mucho tiempo, como caída al agua, descarga eléctrica, caída, etc. Las enfermedades profesionales no son accidentes porque las lesiones se desarrollan gradualmente y son previsibles y prevenibles. Accidente se refiere a un accidente que ocurre de forma inesperada y no intencionada por parte del asegurado, como un accidente aéreo. Otros accidentes, aunque previsibles o evitables, no pueden evitarse debido a la incapacidad de resistir o realizar tareas, y también deberían incluirse en el alcance de los "accidentes", como un barco que se ve obligado a saltar al mar para escapar de un incendio, habiendo el coraje de pelear con gánsteres, ser herido, etc. Las no enfermedades y las lesiones causadas por enfermedades, aunque no se esperen de antemano, son el resultado del propio cuerpo humano y no son accidentales. Como hemorragia cerebral, pérdida del conocimiento, etc. Si el cuerpo sufre una lesión, el objeto de la lesión accidental debe ser una parte del cuerpo del asegurado y se establece el hecho de la lesión. Por ejemplo, si el cuerpo no resulta herido por una descarga eléctrica, no se establece el hecho de la lesión.