Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - ¿Qué debo hacer si mi casa se alquila a otra persona y algo se rompe?

¿Qué debo hacer si mi casa se alquila a otra persona y algo se rompe?

Análisis jurídico: Si el bien arrendado sufre daños, el arrendador y el arrendatario * * * garantizan que el bien y sus anexos, equipos e instalaciones se encuentran en condiciones adecuadas y seguras durante el período de arrendamiento. El arrendatario deberá notificar prontamente al arrendador cualquier daño a la casa y sus accesorios, equipos e instalaciones causados ​​por propiedades naturales o uso razonable para reparaciones. El propietario debe realizar las reparaciones dentro de los siete días siguientes a la recepción del aviso del inquilino. Si las reparaciones no se hacen dentro del plazo, el inquilino podrá hacerlas en su nombre y a costa del arrendador. Si el mantenimiento del edificio afecta el uso del arrendatario, el alquiler debe reducirse o el plazo del arrendamiento debe ampliarse en consecuencia. Si la casa y sus elementos auxiliares, equipos e instalaciones sufren daños o mal funcionamiento debido a un almacenamiento inadecuado o uso irrazonable por parte del arrendatario, el arrendatario será responsable de las reparaciones o compensación. Si el daño a la casa de alquiler es causado por factores como un incendio, se trata de un accidente y la indemnización debe hacerse de acuerdo con el principio de equidad.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con el método acordado o la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al inmueble arrendado, no asume responsabilidad por indemnización.

Artículo 711 Si el arrendatario no utiliza el bien arrendado de acuerdo con la forma convenida o con la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, el arrendador podrá resolver el contrato y exigir una indemnización por el pérdidas.

Artículo 712 El arrendador deberá cumplir con las obligaciones de mantenimiento del bien arrendado, salvo pacto en contrario de las partes.

Artículo 714 El arrendatario deberá conservar adecuadamente el bien arrendado. Si el bien arrendado se daña o se pierde por mal almacenamiento, el arrendatario será responsable de la indemnización.