Las consecuencias del alquiler tras contratar una hipoteca bancaria
Puedes alquilarlo. La relación de alquiler de la casa alquilada antes de la hipoteca no se ve afectada por la hipoteca. La relación de arrendamiento de una casa hipotecada que se alquila no será contra hipoteca registrada, es decir, una vez alquilada la casa hipotecada, el arrendatario no tiene derecho de tanteo. El producto de la enajenación o arrendamiento de bienes inmuebles hipotecados se pagará anticipadamente al acreedor hipotecario. El exceso de los derechos del acreedor pertenece al deudor hipotecario, y el déficit será pagado por el deudor.
Objetividad jurídica:
Si el inmueble hipotecado ha sido arrendado o transmitido antes de lo establecido en el artículo 405 del Código Civil, la relación de arrendamiento original no se verá afectada por la hipoteca. Artículo 406 Durante el período de la hipoteca, el deudor hipotecario podrá enajenar el bien hipotecado. A menos que las partes acuerden lo contrario, prevalecerá dicho acuerdo. Si se transmite el inmueble hipotecado, los derechos hipotecarios no se verán afectados. Si el deudor hipotecario enajena el bien hipotecado, deberá notificarlo inmediatamente al acreedor hipotecario. Si el acreedor hipotecario puede probar que la transferencia del bien hipotecado puede dañar el derecho hipotecario, podrá exigir al deudor hipotecario que cancele la deuda o deposite por adelantado el producto de la transferencia al acreedor hipotecario. La parte del precio de transferencia que excede el monto de los derechos del acreedor pertenece al deudor hipotecario y el déficit lo paga el deudor.