¿Qué pasó con la prórroga del contrato de alquiler de la casa?
Base Legal
Artículo 705 del Código Civil
El plazo del arrendamiento no podrá exceder de veinte años. Si tiene más de veinte años, la parte sobrante será inválida.
Cuando expire el plazo de arrendamiento, las partes podrán renovar el contrato de arrendamiento, sin embargo, el plazo de arrendamiento acordado no podrá exceder de veinte años a partir de la fecha de renovación.
Capítulo 707
Si el plazo del arrendamiento excede de seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido.
Artículo 733
Al vencer el plazo del arrendamiento, el arrendatario deberá devolver la cosa arrendada. Los bienes arrendados devueltos deberán estar en el estado en que fueron utilizados según el contrato o la naturaleza del bien arrendado.
Artículo 734
Si vencido el plazo del arrendamiento y el arrendatario continúa usando el bien arrendado y el arrendador no pone objeción, el contrato de arrendamiento original seguirá vigente, pero el arrendamiento El plazo es incierto.
Al vencer el plazo del arrendamiento, en las mismas condiciones, el arrendatario tiene derecho de prioridad al arrendamiento.