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¿Puedo solicitar vivienda pública de alquiler si tengo un apartamento?

Análisis Legal: Sí. Puede solicitar la compra de vivienda pública de alquiler después de 5 años. En el caso de viviendas públicas de alquiler planteadas por el gobierno, si el inquilino la ha alquilado durante cinco años y ha sido aprobado por el gobierno municipal para venderla, puede solicitar su compra. Las viviendas públicas de alquiler que hayan sido vendidas no podrán comercializarse dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que el comprador tramite el registro inmobiliario. Si es necesario cotizarlo y comercializarlo después de 5 años, el gobierno dará prioridad a su recompra. Si el gobierno abandona la recompra, el mercado de viviendas asequibles cotizará y se comercializará en ese momento.

Base jurídica: Artículo 8 del "Reglamento sobre Expropiación e Indemnización de Viviendas en Terrenos de Propiedad del Estado" Para salvaguardar la seguridad nacional, promover el desarrollo económico y social nacional y otros intereses públicos, es necesario expropiar casas bajo cualquiera de las siguientes circunstancias: , los gobiernos populares de la ciudad y del condado toman decisiones de expropiación de casas:

(1) Defensa nacional y necesidades diplomáticas;

(2) Energía, transporte, conservación del agua y otras infraestructuras organizadas e implementadas por el gobierno. Las necesidades de construcción;

(3) Las necesidades de servicios públicos como ciencia y tecnología, educación, cultura, salud, deportes, medio ambiente y recursos. protección, prevención y reducción de desastres, protección de reliquias culturales, bienestar social y servicios públicos municipales organizados e implementados por el gobierno;

(4) La necesidad de la construcción de proyectos de viviendas asequibles organizados e implementados por el gobierno ;

(5) La necesidad de la reconstrucción de las ciudades antiguas organizada e implementada por el gobierno de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Planificación Urbana y Rural

(6) Otros; necesidades de interés público estipuladas en leyes y reglamentos administrativos.