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¿Cuáles son los nueve contenidos tabú de la policía penitenciaria?

Artículo 1 Está estrictamente prohibido violar las normas que exigen a los delincuentes la conmutación de sus penas o la libertad condicional, o el cumplimiento temporal de sus penas fuera de prisión.

Artículo 2 Está estrictamente prohibido golpear, castigar corporalmente, abusar o insultar a delincuentes o instigar o tolerar que otros golpeen, castiguen corporalmente, abusen o insulten a delincuentes.

Artículo 3 Está estrictamente prohibido cometer fraude o negligencia en la gestión de la aplicación de la ley, como la evaluación de calificaciones penales, recompensas y castigos administrativos, evaluación de la capacidad laboral, evaluación de la discapacidad, etc.

Artículo 4 Está estrictamente prohibido utilizar el puesto para solicitar o aceptar sobornos, pedir prestado u ocupar propiedades de delincuentes y sus familiares, y participar en banquetes, entretenimiento y otras actividades organizadas por familiares de delincuentes.

Artículo 5 Está estrictamente prohibido violar las regulaciones al llevar teléfonos móviles y otros artículos de contrabando a las instalaciones de custodia o permitir que los delincuentes utilicen herramientas de comunicación para entregar información y artículos a los delincuentes.

Artículo 6 Queda estrictamente prohibido revelar secretos de Estado o secretos de trabajo o publicar o difundir información que refleje el trabajo penitenciario en violación de la normativa.

Artículo 7 Está estrictamente prohibido beber alcohol durante las horas de trabajo, trabajar bajo los efectos del alcohol, causar problemas bajo los efectos del alcohol o conducir un vehículo de motor bajo los efectos del alcohol.

Artículo 8 Está estrictamente prohibido participar en préstamos ilegales o realizar o participar en actividades con fines de lucro en violación de las regulaciones.

Artículo 9 Queda estrictamente prohibido participar en juegos de azar u otras actividades que violen el orden de gestión social.

Todo agente de policía penitenciario que viole la prohibición anterior cesará en el desempeño de sus funciones y, según la gravedad del caso, será sancionado disciplinariamente o despedido de conformidad con la ley y las disciplinas si es sospechoso; cometiendo un delito, será trasladado a la autoridad judicial para su procesamiento conforme a la ley.