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Medidas para la gestión de la contratación forestal de tierras forestales colectivas en la provincia de Fujian (revisada en 1998)

Artículo 1 Con el fin de proteger, cultivar y utilizar racionalmente los recursos forestales, mejorar el sistema de responsabilidad de la producción forestal y fortalecer la gestión por contrato de tierras forestales colectivas y árboles forestales, estas Medidas se formulan de conformidad con la Ley Forestal y las reglamentaciones pertinentes. Artículo 2 Las tierras forestales colectivas y los árboles forestales se refieren a tierras forestales y árboles forestales de propiedad colectiva (incluidos los municipios y aldeas), incluidos los bosques, los árboles forestales (incluidos los bosques de bambú) y las tierras forestales. Su propiedad se basa en el certificado de derechos forestales emitido por el. Gobierno Popular del Condado de Sanding. Todos los terrenos y árboles forestales colectivos contratados deben cumplir con esta normativa. Artículo 3 La contratación de madera forestal para tierras forestales colectivas es una forma de sistema de responsabilidad dentro de las organizaciones económicas cooperativas forestales. Los propietarios de derechos forestales o las organizaciones económicas cooperativas forestales son los contratistas, y los miembros de las organizaciones económicas cooperativas, incluidos equipos profesionales, consorcios y familias (individuos), son los contratistas.

La relación contractual deberá confirmarse mediante la firma de un contrato. Los contratos deben cumplir con las leyes, políticas y planes nacionales. Artículo 4 Los bosques madereros propiedad de colectivos centralizados y contiguos no se contratarán a cada hogar. Deberán ser operados y administrados por colectivos (las organizaciones económicas cooperativas forestales de aldea, las granjas forestales colectivas municipales pueden contratar equipos profesionales, consorcios o familias (individuos). para las tareas de producción y gestión o de gestión y protección de los bosques que se han distribuido a los hogares, se debe organizar personal especial para que vaya a los municipios y aldeas para proteger los bosques de manera uniforme, implementar diversas formas de tala conjunta y completar la reforestación de manera oportuna. . Para los bosques que han sido contratados por los hogares, el colectivo debe establecer estándares de gestión científicos y razonables y cuotas de producción basadas en el crecimiento de los árboles, e inspeccionar periódicamente la gestión de los bosques existentes. Artículo 5 Los bosques económicos, los bosques de bambú y los bosques de leña están sujetos a gestión colectiva o gestión individual según la eficiencia operativa, y se permiten diversas formas, como la contratación de producción conjunta, la responsabilidad conjunta o la contratación de suma global. Artículo 6 Los bosques de abrigo con beneficios ecológicos forestales se manejan de manera colectiva, pudiendo los consorcios o familias (individuos) contratar proyectos de producción y operación o de manejo y protección según la etapa de producción. Los miembros de la cooperativa que contratan tierras de cultivo pueden contratar y gestionar cortavientos, bosques fijadores de arena y cinturones protectores para tierras de cultivo. Artículo 7 Las colinas áridas y los terrenos baldíos aptos para la forestación, las tierras forestales escasas y las tierras de residuos de tala se desarrollarán y gestionarán colectivamente. Los equipos profesionales, consorcios o familias (individuos) pueden contratar para el desarrollo y la gestión de diversas formas, y el contratista. gozará del derecho de uso y explotación del terreno. Artículo 8 Si las granjas forestales o los aserraderos de propiedad estatal utilizan tierras forestales colectivas durante un período prolongado, la unidad usuaria deberá pagar una determinada proporción del precio del bosque a la unidad de derechos forestales de conformidad con las disposiciones de varias políticas específicas del Gobierno Popular Provincial. sobre la estabilización de los derechos forestales. Artículo 9 Las tierras y árboles forestales colectivos deben contratarse principalmente a los aldeanos locales. Los proyectos de producción que realmente se deben a la falta de mano de obra local o a la falta de voluntad de los aldeanos para contratar, pueden contratarse a mano de obra externa después de una discusión colectiva entre los aldeanos. Los contratistas transfronterizos deben poseer un certificado de identidad del gobierno popular del municipio (ciudad) donde se encuentra su registro familiar. Artículo 10 El área contratada por un consorcio o familia (individuo) para la forestación de montañas áridas y la renovación de tierras generalmente está entre 50 y 100 acres según la fuerza laboral. El área contratada para operaciones especiales debe determinarse en función de las condiciones y capacidades operativas. Artículo 11 El período del contrato para la forestación y renovación de colinas baldías será acordado por la parte contratante y el contratista en función del contenido y las necesidades de la operación del contrato. Artículo 12 Una vez contratada la tierra forestal colectiva, la forestación deberá realizarse dentro de un plazo; las colinas designadas para la autorretención también deberán plantarse con árboles y frutos dentro de un plazo. Si el terreno no se desarrolla y explota dentro del plazo, se pagará la tarifa de eliminación de residuos de montaña hasta que sea desarrollado, explotado o recuperado por el colectivo. Artículo 13 La propiedad de los árboles plantados en la montaña responsable se determinará de conformidad con el principio de "quien los creó será propietario de ellos". Si el contrato dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. Los árboles que se regeneran naturalmente son propiedad del colectivo; la propiedad de los árboles que promueven artificialmente la regeneración natural se determina de conformidad con el acuerdo (contrato) entre el contratista y el colectivo.

Los árboles propiedad de una familia (individuo) pueden heredarse y pueden transferirse con un descuento. Artículo 14: Los contratos de recolección de semillas se implementan para los bosques matrices que cumplan con las condiciones para la recolección de semillas, y las operaciones predatorias están estrictamente prohibidas en los viveros con plántulas para la venta deben contratar plántulas; El contrato debe estipular los requisitos de calidad y luego pagar de acuerdo con la cantidad o determinar la cantidad del contrato de suma global. Artículo 15 La contratación deberá realizarse por escrito. Los principales términos del contrato deben incluir: área de trabajo, cuatro áreas, contenido del contrato y proyectos, requisitos técnicos de producción y métodos de trabajo, períodos de inicio y finalización, remuneración económica, medidas de recompensa y castigo, responsabilidad por incumplimiento del contrato, etc.

El contrato debe ser firmado por ambas partes antes de ser numerado. Artículo 16 El contrato firmado mantendrá su continuidad y estabilidad, si no se ha firmado un contrato escrito, el empleador y el contratista firmarán un contrato complementario para estabilizar la relación contractual. Artículo 17 El departamento administrativo forestal del condado (ciudad, distrito) y la estación forestal del municipio (pueblo) encomendada son las agencias de gestión del contrato. Artículo 18 Si una de las partes cree que los términos del contrato están incompletos o las condiciones del contrato son obviamente irrazonables y deben modificarse, lo informarán a la autoridad de gestión del contrato después de la aprobación, ambas partes pueden negociar y hacer los ajustes apropiados. Artículo 19 La contratación de terrenos forestales y árboles, ya sea mediante licitación, negociación u otras formas, debe ser discutida y aprobada por los aldeanos y se debe anunciar el plan de contratación. Está prohibido que cualquier unidad o individuo busque beneficio personal con poder o contrato a bajo precio.

Cualquier contrato que se contraiga por medios ilegales, una vez confirmado, debe ser revocado y perseguir la responsabilidad legal. Artículo 20 La parte emisora ​​del contrato debe fortalecer la gestión del contrato, organizar las actividades de producción forestal local de manera unificada, desarrollar y utilizar racionalmente los recursos forestales y proporcionar fondos de producción, tecnología y otros servicios productivos de acuerdo con las disposiciones del contrato.

La parte emisora ​​del contrato debe establecer un sistema de inspección regular eficaz para instar al contratista a cumplir el contrato. La parte emisora ​​del contrato tiene derecho a realizar ajustes unificados en las zonas montañosas donde el contrato ha expirado.

La parte contratante no contratará tierras forestales o árboles cuya propiedad esté en disputa, y deberá informarlo al gobierno popular del condado (ciudad) o municipio (pueblo) local para su procesamiento. La parte contratante solo puede contratar después. la propiedad es clara.