Reglamento sobre la protección de instalaciones de radio y televisión en la provincia de Fujian
Los departamentos administrativos de radio y televisión a nivel de condado o superior son los departamentos competentes para la protección de las instalaciones de radio y televisión y son responsables de organizar y supervisar la implementación de estas regulaciones.
Los departamentos pertinentes, como los de construcción urbana y rural, suelo, seguridad pública, correos y telecomunicaciones, energía eléctrica, transporte y gestión de radio, deben desempeñar sus respectivas funciones y hacer un buen trabajo en la protección de las instalaciones de radio y televisión. Artículo 3 Este reglamento se aplica a las estaciones (estaciones) de radio y televisión aprobadas por el estado y sus instalaciones técnicas e instalaciones auxiliares dentro de la región administrativa de esta provincia.
Estaciones (estaciones) de radiodifusión y televisión se refieren a estaciones de radio, estaciones de televisión, estaciones receptoras, estaciones de monitoreo, estaciones transmisoras, estaciones repetidoras, tocadiscos diferenciales, estaciones de microondas, estaciones terrestres satelitales y estaciones de transmisión y televisión por cable ( estaciones).
Las instalaciones técnicas de las estaciones (estaciones) de radio y televisión se refieren a:
(1) Instalaciones de recepción y monitoreo, incluidas antenas receptoras y líneas de transmisión de estaciones (estaciones) de recepción y monitoreo. .
(2) Instalaciones de transmisión de programas, incluidos cables aéreos, subterráneos y submarinos de transmisión de señales de radio y televisión, cables ópticos y sus equipos de amplificación y conversión, cables de control, etc.
(3) Instalaciones de transmisión de programas, incluidas antenas, alimentadores, mástiles de torres, cables tensores, sala de distribución de energía (caja), rejilla de tierra, campos de antena, etc.
(4) Equipos móviles, incluidos equipos de grabación y reproducción de radio, equipos de transmisión, cámaras de televisión, equipos de grabación y reproducción de video, etc.
Las instalaciones auxiliares de las estaciones de radio y televisión se refieren a los sistemas de suministro de agua, centrales eléctricas, salas de distribución, líneas de transmisión, líneas de comunicación, caminos exclusivos, sistemas de puesta a tierra de protección contra rayos, cercas, señales y dispositivos de advertencia de radio y televisión. Instalaciones de televisión. Artículo 4 Las instalaciones de radio y televisión son propiedad del Estado y están protegidas por la ley. Está prohibido que cualquier unidad o individuo ocupe, robe o destruya instalaciones de radio y televisión o utilice medios técnicos para poner en peligro la seguridad de la transmisión de programas de radio y televisión.
Cualquier unidad o individuo tiene la obligación de proteger las instalaciones de radio y televisión, y tiene derecho a detener y denunciar a los órganos de seguridad pública o departamentos de radio y televisión cualquier conducta que ponga en peligro la seguridad de las instalaciones de radio y televisión. . Artículo 5 Las unidades e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la implementación de este Reglamento serán elogiados o recompensados por el gobierno popular a nivel de condado o superior o por el departamento administrativo de radio y televisión. Capítulo 2 Medidas de Protección El artículo 6 prohíbe las siguientes conductas que pongan en peligro la seguridad de las estaciones de radio, estaciones de televisión y sus instalaciones técnicas y afecten su eficiencia laboral:
(1) Realizar operaciones de voladura dentro de un radio de 200 metros de las instalaciones técnicas, Incendio provocado;
(2) Disparar y arrojar objetos a estaciones (estaciones) de radio y televisión y sus instalaciones técnicas;
(3) Ruidos que causan salas de producción, estudios, estudios de radio y televisión; , El nivel de sonido equivalente en la sala de control alcanza más de 50 decibeles dentro del rango de 65438 ± 0 metros;
(4) La interferencia electromagnética afecta la eficiencia de trabajo de la radio y la televisión;
(5) Cortar, desmantelar, dañar o contaminar las instalaciones técnicas de radio y televisión;
(6) Mover, colgar, golpear y sostener diversas instalaciones técnicas de radio y televisión sin permiso;
(7) Incurrir en otras posibles conductas que pongan en peligro la seguridad de diversas instalaciones técnicas de radio y televisión y afecten su normal funcionamiento. El artículo 7 prohíbe los siguientes comportamientos que pongan en peligro la seguridad de las instalaciones de recepción y monitoreo y perjudiquen su eficiencia laboral:
(1) Edificios dentro de un radio de 15 metros alrededor de las antenas de recepción y monitoreo;
( 2 ) Un edificio con una antena de recepción y monitoreo con un ángulo horizontal de 30 grados y una elevación de 3 grados; (3) Plantar árboles a menos de 500 metros frente a la antena de recepción y monitoreo. El artículo 8 prohíbe las siguientes conductas que pongan en peligro la seguridad de transmisión de las instalaciones de transmisión de programas de televisión y perjudiquen su eficiencia laboral:
(1) Construcción y forestación para bloquear la transmisión y recepción de microondas y estaciones terrestres de televisión por satélite;
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(2) Construir edificios y plantar árboles a menos de 2 metros a ambos lados de las líneas de transmisión aéreas.
(3) Construir y enterrar oleoductos y gasoductos a menos de 3 metros; a ambos lados de las señales de cables subterráneos, cables de alimentación;
(4) Verter basura, escoria o líquidos que contengan componentes químicos ácidos, alcalinos y sal y apilar objetos pesados sobre las señales de cables enterrados. El artículo 9 prohíbe las siguientes conductas que pongan en peligro la seguridad de las instalaciones de transmisión de radio y televisión y perjudiquen su eficiencia laboral:
(1) Construir dentro del alcance de la red de puesta a tierra de la antena transmisora de onda media y realizar ingeniería geotécnica excavaciones de más de 30 centímetros;
(2) La construcción del mástil de la torre de la antena transmisora de onda media se calcula en base a 150 metros, superando el ángulo de elevación en 3 grados
( 3) Dentro de un rango de 50 metros desde el mástil de la torre de la antena transmisora de onda corta Construcción en el interior
(4) Construcción de edificios con una altura alrededor de la antena transmisora de onda corta que exceda el ángulo de elevación de la antena. abajo en 10 grados
(5) 500 metros alrededor de las antenas transmisoras de TV y FM Edificios cuya altura exceda la parte transmisora de la antena;
(6) Construir o plantar en altura. cultivos dentro de un radio de 3 metros a ambos lados del alimentador transmisor y plantar árboles dentro de un radio de 5 metros;
(7) Utilizar energía de radiación de radio y televisión para la iluminación.
Artículo 10 Están prohibidos los siguientes actos que pongan en peligro la seguridad de las instalaciones auxiliares de radio y televisión y afecten su eficiencia laboral:
(1) Ocupar, demoler, mover y desfigurar las paredes, cercas y lugares de los edificios estaciones de radio y televisión;
(2) Desmantelar, cortar, trasladar, colgar o espiar las instalaciones especiales de suministro de energía, agua y comunicaciones para radio y televisión sin autorización;
p>(3) Destruir y contaminar fuentes especiales de agua;
(4) Ocupar o invadir caminos especiales.