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Proyecto de ley de derechos de autor

Se refiere a las modificaciones legislativas a la ley de marcas realizadas de conformidad con la ley.

: En octubre de 2001, el Comité Jurídico del Congreso Nacional del Pueblo decidió modificar la Ley de Derecho de Autor (proyecto), modificar la Ley de Marcas (proyecto), prevenir y controlar las enfermedades profesionales (proyecto), y para gestionar las zonas marítimas (Proyecto) y el informe escrito de los dictámenes de revisión (Extracto) de la decisión de modificar la Ley de Sindicatos (proyecto)

La decisión de modificar la Ley de Marcas (proyecto). )

(1) Algunos miembros del Comité Permanente propusieron que fortalecer la gestión de marcas no solo proteja los intereses de los consumidores, sino también los derechos e intereses legítimos de los productores y operadores. reflejado en el objeto legislativo de esta ley. Por ello, el Comité Jurídico recomendó revisar el primer artículo del proyecto para que diga: "Con el fin de fortalecer la gestión de marcas, proteger los derechos exclusivos de las marcas, instar a los productores y operadores a garantizar la calidad de los bienes y servicios, y mantener la reputación de marcas registradas, a fin de proteger los intereses de los consumidores, productores y operadores. Esta ley está especialmente formulada para promover el desarrollo de la economía de mercado socialista”.

(2) Algunos miembros del Comité Permanente propusieron que si dos o más solicitantes registran la misma marca al mismo tiempo, se debe aclarar más que el registrante *** disfrutará y ejercerá conjuntamente el derecho exclusivo de uso de la marca. Por lo tanto, el Comité Jurídico recomendó que se revisara el artículo 5 del proyecto para que diga: “Dos o más personas físicas, jurídicas u otras organizaciones podrán solicitar a la Oficina de Marcas el registro de la misma marca al mismo tiempo, y disfrutarán y disfrutarán conjuntamente ejercer el derecho exclusivo de uso de la marca.”

(3) Algunos miembros del Comité Permanente propusieron que se prohibiera el uso de marcas que contengan indicaciones geográficas que induzcan a error al público, pero aquellas que hayan sido registradas. de buena fe debe reconocerse que siguen siendo válidos. Por lo tanto, el Comité Jurídico recomendó que se revisara el primer párrafo del artículo 15 del proyecto para que diga: “Si una marca contiene una indicación geográfica de un producto, y el producto no es originario de la zona indicada por la marca, y induce a error al público, no será registrado y su uso estará prohibido. Sin embargo, el registro se ha obtenido de buena fe y continúa siendo válido.”

(4) Algunos miembros del Comité Permanente y expertos; Señaló que algunas empresas ahora utilizan marcas registradas utilizadas por otros en productos sin el consentimiento del titular de la marca. Elimínelas, reemplácelas con su propia marca y póngala en el mercado. Este comportamiento dificulta la creación de marcas famosas para productos de otras personas. y debería restringirse. Por ello, el Comité Jurídico recomienda agregar un ítem a los actos que vulneran los derechos exclusivos de las marcas registradas enumerados en el artículo 36 del proyecto: "Reemplazar la marca registrada sin el consentimiento del titular de la marca y volver a colocar los productos con la marca reemplazada en el mercado." ”

(5) Algunos miembros del Comité Permanente propusieron que el artículo 39 del proyecto otorgue al departamento administrativo industrial y comercial el poder de sellar y detener, y las condiciones para ejercer este poder. debería estipularse más claramente la infracción demostrada. Por lo tanto, el Comité Jurídico recomendó que se revisara el artículo 39 (4) del proyecto para que diga: “Inspeccionar los artículos relacionados con actividades de infracción que se demuestre que infringen los derechos exclusivos de las marcas registradas de otros podrán ser sellados o detenidos”. /p>

(6) Algunos miembros del Comité Permanente propusieron que se deberían establecer códigos de conducta estrictos para las actividades de aplicación de la ley y gestión de los departamentos de gestión de marcas y su personal, y que se debería fortalecer la supervisión. Por ello, el Comité Jurídico recomendó agregar dos regulaciones:

1. "El personal de las agencias estatales dedicadas al registro, gestión y revisión de marcas debe hacer cumplir la ley de manera imparcial, ser honesto y autodisciplinado, y estar comprometido con sus deberes". y servir de manera civilizada". "La Oficina de Marcas, la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas y el personal de las agencias estatales que participan en el registro, la gestión y la revisión de marcas no pueden participar en actividades comerciales y de producción y operación de productos básicos y negocios de agencias de marcas".

2. "El departamento administrativo industrial y comercial establecerá y mejorará un sistema de supervisión interna. Supervisará e inspeccionará la implementación de las leyes, los reglamentos administrativos y el cumplimiento de las disciplinas por parte del personal de las agencias estatales responsables del registro, gestión y revisión de marcas. "

(7) El artículo 41 del proyecto estipula que en caso de que la prueba se pierda o sea difícil de obtener en el futuro, el titular del registro de la marca o la parte interesada podrá solicitar al Tribunal Popular que preserve la prueba antes presentando una demanda. El Tribunal Popular Supremo propuso que el alcance de la solicitud de medidas de preservación de pruebas estipuladas en este artículo es demasiado amplio y debería ser limitado. Por lo tanto, el Comité Jurídico recomendó que se revise el primer párrafo del artículo 41 del proyecto para que diga: “A fin de evitar la infracción, si la prueba puede perderse o ser difícil de obtener en el futuro, el titular del registro de la marca o la parte interesada podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular antes de presentar una demanda. Solicitar la preservación de pruebas."

En la mañana del 23 de agosto de 2006, la Oficina de Marcas celebró una reunión para solicitar opiniones de expertos y académicos. sobre la revisión de la Ley de Marcas en la Sala 304 de la Administración General.

Expertos y académicos relevantes presentaron las siguientes opiniones de revisión principales sobre el borrador revisado de la Ley de Marcas:

1 En comparación con la Ley de Patentes, la Ley de Marcas tiene diferentes aspectos en términos de propósito legislativo y alcance de ajuste. , concepto legal de marca registrada, procedimientos legales para confirmar los derechos de marca y En términos de protección de marca, obviamente no es adecuado para el rápido desarrollo de la economía de mercado de mi país y debe revisarse fundamentalmente.

2. La modificación de la ley debe integrarse orgánicamente con la estrategia de marcas en la estrategia de propiedad intelectual que se está formulando, teniendo en cuenta el largo plazo, y también debe abordar los principales problemas que es necesario abordar con urgencia. resuelto No puede ser demasiado específico y completo, y el enfoque es si puede resolver problemas reales.

3. Los derechos de marca se originan en el uso de los productos y en la estrecha conexión entre los productos y la marca, y no se limitan a la autorización de la Oficina de Marcas. Por lo tanto, es necesario introducir gradualmente en la legislación el concepto de uso previo de las marcas. En algunos procedimientos, se puede exigir a los solicitantes que aporten pruebas de uso o enfaticen su intención de uso, de modo de restringir y orientar malas conductas de registro.

En cuarto lugar, es necesario imponer restricciones apropiadas a las solicitudes de marcas registradas y transferencias de marcas por parte de personas físicas para evitar registros maliciosos y transacciones de marcas maliciosas resultantes de los mismos.

5. Se recomienda mantener el examen de fondo de las marcas; acordar que las objeciones de marcas sean escuchadas por la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas, reduciendo los procedimientos administrativos a un solo nivel;

El El proyecto revisado introduce el procedimiento de invalidación de las marcas registradas. Las recomendaciones se distinguen claramente de los procedimientos de revocación, preferiblemente indicados por separado.

6. Los productos similares son muy controvertidos en la práctica. Se recomienda establecer un nombre legal para la tabla de clasificación de productos para facilitar la unificación de la aplicación de la ley.

7. El conflicto entre marcas y otros derechos anteriores se refleja mucho en la práctica, especialmente el conflicto con denominaciones sociales. Se recomienda aprovechar la oportunidad de modificaciones legales para resolverlos.

8. Se recomienda cancelar las disposiciones de autonegociación por infracción marcaria, o aclarar la competencia de los órganos administrativos industriales y comerciales en este caso

9. Se recomienda consultar el proceso de revisión de la ley de patentes y realizar argumentaciones de expertos sobre cuestiones teóricas sobre marcas.

Al mismo tiempo, puede encontrar algunos expertos en el campo legal y crear un grupo especial para redactar borradores revisados ​​uno por uno, lo que será más efectivo.