¿Qué cuenta deben incluirse en la contabilidad los árboles de té de la fábrica de té?
Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales No. 5 - Activos Biológicos (2006)
Contabilidad Financiera [2006] No. 3
En 2006, el Ministerio de Finanzas promulgó en febrero 65438+mayo.
Capítulo 1 Disposiciones Generales
Artículo 1 Con el fin de estandarizar el reconocimiento, medición y divulgación de la información relevante de los activos biológicos relacionados con la producción agrícola, de acuerdo con las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales - Normas Básicas”, desarrolla el presente Código.
Artículo 2 Los activos biológicos se refieren a animales y plantas vivos.
Artículo 3 Los activos biológicos se dividen en activos biológicos consumibles, activos biológicos productivos y activos biológicos de bienestar público.
Los activos biológicos de consumo se refieren a los activos biológicos mantenidos para la venta o cosechados como productos agrícolas en el futuro, incluidos cultivos extensivos, hortalizas, bosques maderables y ganado para la venta.
Los activos biológicos del productor se refieren a los activos biológicos mantenidos para la producción de productos agrícolas, la prestación de servicios o el arrendamiento, incluidos los bosques económicos, los bosques para leña, la producción ganadera y los animales de tiro.
Los activos biológicos de bienestar público se refieren a activos biológicos cuyo objetivo principal es la protección y la protección del medio ambiente, incluidos los bosques cortavientos y fijadores de arena, los bosques de conservación del suelo y el agua y los bosques de conservación de las fuentes de agua.
Artículo 4 Los siguientes artículos estarán sujetos a otras normas contables pertinentes:
(1) Los productos agrícolas cosechados estarán sujetos a las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 1". 1-Se debe aplicar stock.
(2) Para los subsidios gubernamentales relacionados con activos biológicos, se aplicarán las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 1". 16-Subvenciones gubernamentales.
Capítulo 2 Reconocimiento y Medición Inicial
Artículo 5 Los activos biológicos sólo podrán reconocerse si cumplen las siguientes condiciones:
(1) Las transacciones pasadas de la empresa o poseer o controlar el activo biológico;
(2) Los beneficios económicos o el potencial de servicio relacionado con el activo biológico probablemente fluyan hacia la empresa;
(3) Los costos del activo biológico se puede medir de manera confiable.
Artículo 6 Los activos biológicos se medirán inicialmente en función del costo.
Artículo 7 El costo de los activos biológicos subcontratados incluye el precio de compra, los impuestos pertinentes, las tarifas de transporte, las primas de seguros y otros gastos directamente atribuibles a la compra del activo.
Artículo 8 El costo de los activos biológicos consumibles autocultivados, construidos, multiplicados o cultivados se determinará de conformidad con las siguientes disposiciones:
(1) Costo del campo autocultivado cultivos y hortalizas, incluidas semillas, fertilizantes, pesticidas y otros materiales consumidos antes de la cosecha, costos laborales, costos indirectos a compartir y otros costos necesarios.
(2) El costo de los activos biológicos consumibles de árboles forestales de creación propia incluye gastos necesarios tales como tarifas de forestación, tarifas de cuidado, tarifas de instalaciones de forestación, tarifas de prueba de variedades mejoradas, tarifas de estudio y diseño, y gastos indirectos prorrateados. costos.
(3) Los gastos de engorde del ganado criado por uno mismo incluyen gastos necesarios como gastos de alimentación, gastos de mano de obra y gastos indirectos que deben compartirse antes de la venta.
(4) El costo de cultivo de animales y plantas, incluidos los alevines, piensos, fertilizantes y otras materias primas, los costos laborales y los costos indirectos que deben asignarse antes de la venta o almacenamiento y otros gastos necesarios.
Artículo 9 El costo de los activos biológicos productivos de creación propia o automantenimiento se determinará de conformidad con las siguientes disposiciones:
(1) El costo de los activos biológicos productivos autoestablecidos activos de árboles forestales, incluidos los gastos necesarios, como honorarios de forestación, honorarios de enfermería, honorarios de instalaciones de forestación, honorarios de prueba de variedades mejoradas, honorarios de investigación y diseño, y gastos indirectos que deben asignarse antes de lograr el propósito de producción y operación previsto.
(2) El costo del ganado y los animales de tiro de cría propia incluye gastos necesarios como costos de alimentación, costos de mano de obra, costos indirectos, etc., que deben asignarse antes de lograr el propósito de producción y operación previsto (alcanzar madurez).
Lograr el propósito de producción y operación previsto significa que los activos biológicos productivos han entrado en el período de producción normal y pueden continuar produciendo de manera estable productos agrícolas, brindando servicios o alquilando durante muchos años.
Artículo 10 El costo de los activos biológicos de bienestar público de creación propia se basará en las tarifas de forestación, las tarifas de cuidado, las tarifas de protección forestal, las tarifas de las instalaciones de forestación, las tarifas de prueba de variedades mejoradas, las tarifas de investigación y diseño y los costos indirectos. que se debe compartir antes del cierre, etc. Se determinan los gastos necesarios.
Artículo 11 Los costos de endeudamiento que deben incluirse en el costo de los activos biológicos deben estar de acuerdo con las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 1". 17-Costos de endeudamiento. Los costos por préstamos incurridos en activos biológicos forestales consumibles dejan de capitalizarse al cierre.
Artículo 12 El costo de la inversión de un inversionista en activos biológicos se determinará según el valor estipulado en el contrato o acuerdo de inversión, salvo que el valor estipulado en el contrato o acuerdo sea abusivo.
Artículo 13 El costo de los activos biológicos de origen natural se determinará con base en su monto nominal.
Artículo 14 Los activos biológicos adquiridos mediante intercambio de activos no monetarios, reestructuración de deuda y fusión empresarial serán tratados de conformidad con las "Normas de Contabilidad Empresarial N° 7 - Intercambio de Activos No monetarios" y la "Contabilidad Empresarial" La Norma N° 12 - Reestructuración de Deuda" y las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 20 - Fusión de Empresas" determinan los costos respectivamente.
Artículo 15 Los gastos posteriores incurridos en la replantación de activos biológicos forestales debido a la tala selectiva, aclareo o cuidado y tala regenerativa se incluirán en el costo de los activos biológicos forestales.
Los gastos posteriores, tales como gastos de mantenimiento y alimentación, incurridos después de que se cierren los activos biológicos o se logren los propósitos de producción y operación previstos, se incluirán en las pérdidas y ganancias corrientes.
Capítulo 3 Medición posterior
Artículo 16 Además de las disposiciones del artículo 22 de estas Normas, las empresas deberán seguir los artículos 17 a 21 de estas Normas que estipulan la medición posterior de los activos biológicos.
Artículo 17 Una empresa acumulará depreciación por los activos biológicos productivos que hayan alcanzado el propósito previsto de producción y operación a tiempo, e incluirálos en el costo de los activos relacionados o en las ganancias y pérdidas actuales de acuerdo con su uso.
Artículo 18 Una empresa determinará razonablemente su vida útil, su valor residual neto estimado y su método de depreciación con base en la naturaleza y el uso de los activos biológicos productivos y el método de realización esperada de los beneficios económicos relevantes. Los métodos de depreciación disponibles para elegir son el método de vida promedio, el método de carga de trabajo y el método de producción.
Una vez determinados la vida útil, el valor residual neto estimado y el método de depreciación de los activos biológicos productivos, no se pueden cambiar a voluntad. Sin embargo, se hacen excepciones que cumplan con lo dispuesto en el artículo 20 de este Código.
Artículo 19 Al determinar la vida útil de los activos biológicos productivos, una empresa deberá considerar los siguientes factores:
(a) La capacidad de producción esperada o la producción real del activo;
p >
(2) Pérdidas tangibles esperadas de activos, como el envejecimiento del ganado y los animales de tiro, envejecimiento de los bosques económicos, etc.;
(3) Pérdidas intangibles esperadas de activos, como la capacidad de producción de los activos biológicos productivos existentes La calidad de los productos agrícolas producidos y producidos ha disminuido relativamente debido a la aparición de nuevas variedades, y los productos agrícolas producidos por los activos biológicos productivos se han vuelto relativamente obsoletos debido a los cambios en la demanda del mercado.
Artículo 20 Las empresas deberán revisar al menos la vida útil, el valor residual neto estimado y el método de depreciación de los activos biológicos productivos al final de cada año.
Si la vida útil estimada o el valor residual neto estimado es diferente de la estimación original, o hay un cambio significativo en el método de realización esperado de los beneficios económicos relevantes, se tratará como un cambio contable. estimación, y serán tratados de acuerdo con las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 28 - Políticas Contables, Cambios en Estimaciones Contables y Correcciones de Errores” Ajustar la vida útil o valor residual neto estimado de los activos biológicos productivos o cambiar el método de depreciación.
Artículo 21 Las empresas deben realizar al menos inspecciones de los activos biológicos consumibles y de los activos biológicos productivos al final del año. Si existe evidencia concluyente de que debido a desastres naturales, plagas, enfermedades animales o cambios en la demanda del mercado, el valor neto realizable de los activos biológicos consumibles o el monto recuperable de los activos biológicos productivos es inferior a su valor en libros, el valor neto realizable será La diferencia por debajo del importe recuperable se provisiona por deterioro de activos biológicos y se incluye en el resultado del periodo. El valor neto de realización y el monto recuperable mencionados anteriormente se determinan de acuerdo con las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 65438 + 0 - Inventarios" y las "Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 8 - Deterioro de Activos", respectivamente.
Si los factores que influyen en el deterioro de los activos biológicos consumibles han desaparecido, el importe de la amortización se restablecerá y revertirá dentro del rango de depreciación original, y el importe revertido se incluirá en las pérdidas y ganancias actuales. .
Una vez retirada la provisión por deterioro de activos biológicos productivos, la misma no podrá revertirse.
No se prevé provisión por deterioro de los bienes biológicos de bienestar público.
Artículo 22 Si existe evidencia concluyente de que el valor razonable de los activos biológicos puede obtenerse de manera continua y confiable, se medirá el valor razonable de los activos biológicos.
La medición del valor razonable debe cumplir las siguientes condiciones al mismo tiempo:
(1) Existe un mercado activo de negociación de activos biológicos
(2) El capacidad de obtener productos similares del mercado de negociación O el precio de mercado y otra información relevante de activos biológicos similares para estimar razonablemente el valor razonable de los activos biológicos.
Capítulo 4 Cosecha y Procesamiento
Artículo 23 Cuando se utilicen o vendan activos biológicos consumibles, el costo se trasladará de acuerdo a su valor en libros.
Los métodos para trasladar los costos incluyen el método del promedio ponderado, el método de valoración individual, el método del índice de participación, el método del período de rotación, etc.
Artículo 24 El costo de los productos agrícolas cosechados a partir de activos biológicos productivos se calculará y determinará con base en los costos de materiales, costos laborales, costos indirectos y otros costos necesarios que deben compartirse durante el proceso de producción o cosecha. utilizando el método del promedio ponderado, el método de valoración individual, el método de proporción de inventario, el método del período de rotación y otros métodos para trasladar el valor en libros al costo de los productos agrícolas.
Los productos agrícolas poscosecha deben ser tratados de acuerdo con las “Normas de Contabilidad para Empresas Comerciales N° 1”. 1-Inventario.
Artículo 25 El costo de los activos biológicos después del cambio de uso se determinará con base en su valor en libros al momento del cambio de uso.
Artículo 26 Cuando un activo biológico se vende, se pierde o se daña, el saldo de los ingresos por enajenación después de deducir su valor en libros y los impuestos y tasas correspondientes se incluirá en el resultado del periodo.
Capítulo 5 Divulgación
Artículo 27 Las empresas divulgarán en las notas la siguiente información relacionada con los activos biológicos:
(1) Especies de activos biológicos, así como la cantidad física y el valor contable de diversos activos biológicos.
(2) El monto acumulado de provisiones por deterioro para varios tipos de activos biológicos consumibles, así como la vida útil, el valor residual neto estimado, el método de depreciación, la depreciación acumulada y el monto acumulado de provisiones por deterioro para diversos tipos productivos. activos biológicos.
(3) Categoría, método de adquisición y cantidad física de los activos biológicos de fuente natural.
(4) Valor en libros de los activos biológicos utilizados como garantía.
(5) Información y medidas de gestión de riesgos relacionados con los activos biológicos.
Artículo 28 Una empresa deberá revelar la siguiente información relacionada con el aumento o disminución de los activos biológicos en las notas:
(1) Activos biológicos aumentados debido a la compra;
(2) Los activos biológicos aumentan debido al autocultivo;
(3) Los activos biológicos disminuyen debido a la venta.
(4) Activos biológicos reducidos por escasez, muerte o daño;
(5) Depreciación y provisión para depreciación o deterioro;
( 6) Otros cambios.