Trampas con las que debe tener cuidado en el lugar de trabajo: evitar riesgos de restricciones de no competencia
¿Qué es una no competencia?
Significa que después de rescindir o rescindir el contrato laboral, el empleador y los empleados que conocen los secretos comerciales de la empresa o tienen un impacto significativo en las operaciones de la empresa no pueden trabajar en la misma industria u otra competencia. unidades dentro de un cierto período de tiempo de trabajo, y no producirán productos similares ni operarán negocios similares que compitan con la propia unidad original.
¿Tienes restricciones para competir?
Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Contrato de Trabajo, las personas sujetas a restricciones de no competencia se limitan al empleador:
1. , etc.) )
2. Personal técnico superior (personal técnico superior, trabajadores técnicos en puestos clave, etc.)
3. contadores, secretarias, etc.)
Por lo tanto, el objeto de las restricciones de no competencia no son los empleados comunes, no todos los empleados. El objeto del acuerdo de no competencia deben ser aquellos que dominan y comprenden los secretos comerciales y las tecnologías centrales de la empresa. Las habilidades profesionales, los conocimientos, las habilidades y la información comercial general de los empleados no están dentro del alcance de las restricciones.
¿Los acuerdos de confidencialidad y los acuerdos de no competencia son lo mismo?
El propósito de los acuerdos de confidencialidad y las restricciones de no competencia es impedir que los trabajadores vendan secretos comerciales y proteger los intereses corporativos. Sin embargo, todavía existen diferencias esenciales entre los dos.
1. La obligación de confidencialidad es una obligación legal, y la obligación de no competencia es una obligación contractual. Incluso si ambas partes no se ponen de acuerdo sobre las obligaciones de confidencialidad del contrato de trabajo, los empleados deben respetarlas. Las restricciones de no competencia deben ser acordadas por ambas partes. Una vez terminada la relación laboral, el empleado naturalmente no tiene obligación de imponer restricciones de no competencia a menos que ambas partes hayan acordado.
2. La obligación de confidencialidad es gratuita, mientras que la obligación de no competencia es remunerada. La compensación por no competencia generalmente depende del acuerdo.
3. Las restricciones de no competencia limitan las opciones de empleo de los trabajadores después de dejar sus puestos de trabajo, pero los acuerdos de confidencialidad no están restringidos. Siempre que no revelen secretos de la empresa, aún pueden realizar trabajos relacionados con sus puestos originales.
4. Generalmente, las obligaciones de confidencialidad son relativamente largas. Mientras exista el secreto comercial, existe la obligación de confidencialidad del empleado y el período de no competencia es corto, no mayor a 2 años como máximo.
Ambas partes deben tener espíritu de contrato, siendo indispensable un sentido de autoprotección.
Cuando nos incorporamos a la empresa, el contrato laboral, el acuerdo de confidencialidad y el acuerdo de no competencia firmados con el empleador no son todos procedimientos "formalistas". Le recuerda todo el tiempo que, ya sea que esté empleado o haya renunciado, es probable que estos obstáculos aparentemente insignificantes y montones de cosas ocultas ejerzan las fuerzas vinculantes correspondientes y se conviertan en grilletes para que usted renuncie o vuelva a trabajar.
A primera vista, un acuerdo de no competencia no es un acuerdo que sea unilateralmente desventajoso para los empleados. Para impedir que los empleados se unan a empresas rivales después de dejar sus trabajos, las empresas deben pagar una cierta cantidad de compensación durante el período de restricción. De hecho, los trabajadores siempre se encuentran en una posición pasiva en una relación desigual con el empleador, por lo que a la hora de firmar un contrato, la necesaria conciencia de autoprotección es fundamental.
Ojo al firmar un contrato, el contenido es la clave.
1. Una compensación económica razonable es un requisito básico para que un acuerdo de no competencia sea efectivo. El estándar de compensación y la forma de pago deben estar claramente pactados en el acuerdo. Cabe señalar que durante el período de no competencia, el empleador deberá pagar una compensación económica al empleado todos los meses. Si el empleador no paga la compensación pactada en el convenio durante más de tres meses, el empleado podrá rescindir unilateralmente la no competencia. -acuerdo de competencia, lo que significa que el acuerdo expirará automáticamente.
2. El período máximo de no competencia no podrá exceder de dos años.
3. El acuerdo deberá constar por escrito, estipular claramente el tiempo de vigencia de la restricción de no competencia y limitar el ámbito empresarial concreto y el ámbito geográfico.
4. Acuerdo sobre responsabilidad por incumplimiento de contrato. Si un empleado viola el acuerdo de no competencia y paga una indemnización al empleador de conformidad con el acuerdo, no puede ser eximido de sus obligaciones de no competencia. Si el empleador exige que el empleado continúe cumpliendo con las obligaciones no competitivas según lo acordado, el empleado aún debe continuar cumpliendo.
Evitación razonable para evitar disputas innecesarias.
1. Si el conflicto es grave, podrá rechazar el acuerdo de no competencia firmado al abandonar la empresa. Los acuerdos de no competencia deben firmarse sobre la base de consultas equitativas entre ambas partes.
Si la unidad original utiliza la coerción por cualquier motivo, no sólo será ilegal, sino que el acuerdo en sí también será inválido.
2. Vincular las relaciones laborales a través de contratos de subcontratación de terceros no competitivos, y eludir las restricciones no competitivas sustituyendo ventajas y desventajas. Aunque plantea dificultades a la unidad original para presentar pruebas, no puede negar fundamentalmente el hecho del incumplimiento del contrato.
3. Establecer una relación laboral con un empleador competidor, incorporarse a otros departamentos o puestos que nada tienen que ver con el pacto de no competencia y eludir el pacto de no competencia de forma engañosa. , es solo una formalidad. Incumplimiento de contrato, no hay incumplimiento sustancial de contrato. Pero esto es sólo una razón de "buena fe" para el moroso y no puede ser respaldada ni reconocida por la ley.
Debe respetarse el espíritu del contrato.
En un momento en el que la protección de los secretos comerciales y los derechos de propiedad intelectual recibe cada vez más atención, es importante captar la escala a la hora de firmar un acuerdo de "no competencia" y no abusar de ella. Los lugares de trabajo y los empleadores deberían mejorar su conciencia jurídica, que no sólo protege los secretos comerciales de la empresa, sino que también protege los derechos de los trabajadores a elegir su propio trabajo.