¿Se pueden transferir acciones a una sociedad de valores después de pignorarlas?
Base Legal
Artículo 443 de la “Ley de Sociedades Anónimas”
Si se pignoran acciones o patrimonio del fondo, el derecho a prenda tendrá validez desde la inscripción del la promesa establecida.
Después de la pignoración, las participaciones y el patrimonio del fondo no se transmitirán, salvo acuerdo entre el pignorante y el pignorante. El pignorante pagará anticipadamente la deuda al acreedor prendario o depositará el producto de la transferencia de las participaciones y del capital social del fondo.
Artículo 444
Si se pignora el derecho exclusivo de uso de una marca registrada, derecho de patente, derecho de autor u otros derechos de propiedad intelectual, el derecho de prenda se establecerá al momento del registro. de la prenda.
Una vez pignorados los derechos de propiedad intelectual, el pignorante no los transferirá ni permitirá que otros los utilicen, a menos que el pignorante y el pignorante acuerden mediante negociación. El pignorante deberá pagar la deuda al acreedor prendario por adelantado o depositar el precio por la transferencia o concesión de licencia de los derechos de propiedad intelectual pignorados a otros.