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¿Cuánta moneda extranjera pueden transportar los pasajeros entrantes y salientes?

De acuerdo con las "Medidas Provisionales para la Administración de la Gestión de Entrada y Salida de Efectivo en Moneda Extranjera", Artículo 3: Los ingresantes que transporten efectivo en moneda extranjera al país por un valor superior al equivalente a 5.000 dólares estadounidenses deberán declararlo ante la aduana por escrito, pero dentro del plazo el mismo día o en un corto período de tiempo. Se hacen excepciones para entradas múltiples.

Artículo 4: Quienes saquen moneda extranjera en efectivo del país no deberán exceder la cantidad de moneda extranjera en efectivo declarada al momento del último ingreso, y no necesitarán solicitar permiso para llevar moneda extranjera en efectivo. moneda fuera del país (en adelante denominado "permiso de portación"). La aduana registrará y liberará el efectivo en moneda extranjera declarado en el momento del último ingreso.

Artículo 5: Si una persona saliente saca del país efectivo en moneda extranjera y su monto no excede el monto de efectivo en moneda extranjera declarado para el último ingreso, será liberado de conformidad con las siguientes disposiciones. :

Sección 1: Personal de Salida Si el monto sacado del país está dentro del equivalente a US$5.000 (incluidos US$5.000), no es necesario solicitar un permiso de portabilidad y la aduana lo liberará. . Además de múltiples viajes el mismo día, existen múltiples viajes en un corto período de tiempo.

Párrafo 2: Si la cantidad de dinero que lleva el personal saliente es superior a 5.000 dólares estadounidenses y hasta 65.438 dólares estadounidenses + 00.000 dólares estadounidenses (incluidos 65.438 dólares estadounidenses + 00.000 dólares estadounidenses), deberán solicitar un permiso de portabilidad del banco. Al salir del país, la aduana inspeccionará y liberará la mercancía con el “Prueba de Porte” estampado con el sello del banco. Si se utilizan varios certificados de portabilidad y el monto total del certificado de portabilidad sellado con un sello bancario excede el equivalente a 65.438 dólares estadounidenses + 00.000 yuanes, la aduana no lo liberará.

Párrafo 3: Si una persona saliente transporta un monto superior al equivalente a 10.000 dólares estadounidenses, deberá solicitar un "Certificado de Portabilidad" ante la sucursal de la Administración Estatal de Divisas (en adelante, la Administración de Cambios) donde se encuentre el banco donde se realiza el depósito o donde se compran las divisas, la aduana inspeccionará y liberará las mercancías con el “Prueba de Porte” estampado con el sello de la Administración de Cambios.