El seguro obligatorio de tráfico no cubre los accidentes por conducción en estado de ebriedad
Análisis jurídico: La causa intencionada de un accidente de tráfico por parte de la víctima es el único motivo de exención del seguro obligatorio de tráfico Las cláusulas de exención estipuladas en las cláusulas del seguro obligatorio de tráfico violan las disposiciones imperativas de la normativa administrativa y de daños. el tercero en el accidente de tráfico No deben aplicarse los intereses de las tres personas. Las personas sin titulación de conducción son responsables de provocar accidentes al conducir. Sin embargo, el seguro de tráfico obligatorio es un contrato firmado entre la compañía de seguros y el propietario del vehículo. El pago de la indemnización no debe determinarse distinguiendo las responsabilidades del propietario del vehículo, sino según la causa. Daños personales a la víctima del accidente.
El seguro obligatorio de tráfico no se hace cargo de indemnizar o anticipar las siguientes pérdidas y gastos:
(1) Las pérdidas causadas por accidentes de tráfico provocados intencionadamente por la víctima;
(2) Daños a la propiedad del asegurado y a la propiedad del vehículo de motor asegurado;
(3) Un accidente de tráfico que involucra al vehículo de motor asegurado hace que la víctima deje de hacer negocios, conducir, electricidad, agua, y Pérdidas causadas por gas, parada de producción, interrupción de comunicaciones o redes, pérdida de datos, cambios de voltaje, etc., así como otras pérdidas indirectas como la depreciación de la propiedad de la víctima debido a cambios en los precios de mercado, pérdidas por reducción de valor después de reparaciones. , etc.;
(4) Honorarios de arbitraje o litigios y otros gastos relacionados derivados de accidentes de tráfico. El seguro obligatorio cubrirá todo lo demás. En las siguientes situaciones, la compañía de seguros tiene derecho a recuperar de la persona que causó la lesión los gastos de salvamento pagados por adelantado.
Base jurídica: “Reglamento sobre el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil por Accidentes de Tráfico de Vehículos a Motor”
Artículo 21 El accidente de tráfico en el que intervenga un vehículo a motor asegurado tiene como resultado la pérdida de personas distintas del vehículo ocupantes y asegurado Si la víctima sufre lesiones personales o daños materiales, la compañía de seguros indemnizará a la víctima dentro de los límites de responsabilidad del seguro obligatorio de responsabilidad civil por accidentes de tráfico de vehículos a motor de conformidad con la ley. Las pérdidas en accidentes de tráfico son causadas intencionadamente por la víctima y la compañía de seguros no indemnizará.
Artículo 22: En caso de concurrir cualquiera de las siguientes circunstancias, la compañía aseguradora adelantará los gastos de salvamento dentro del límite de responsabilidad del seguro obligatorio de responsabilidad por accidentes de tránsito de vehículos a motor y tendrá derecho a recuperar una indemnización de la persona que causa la lesión:
(1) El conductor no está calificado para conducir o está en estado de ebriedad;
(2) El vehículo de motor asegurado se ve involucrado en un accidente cuando es robado o robado;
(3) Que el asegurado provoque intencionadamente un accidente de circulación. Si un accidente de circulación se produce en alguna de las circunstancias enumeradas en el párrafo anterior, con resultado de pérdidas patrimoniales para la víctima, la compañía aseguradora no será responsable de indemnización.
Artículo 24 El Estado crea un fondo de asistencia social para accidentes de tráfico (en adelante, el fondo de asistencia). En cualquiera de las siguientes circunstancias, los gastos funerarios y parte o la totalidad de los gastos de salvamento de las víctimas de accidentes de tráfico serán adelantados por el fondo de salvamento, teniendo la agencia gestora del fondo de salvamento el derecho de recuperar una indemnización del responsable de del accidente de tráfico:
(1) El coste de salvamento excede el límite de responsabilidad del seguro obligatorio de responsabilidad civil por accidentes de tráfico de vehículos de motor;
(2) El vehículo de motor que causa el accidente no participar en el seguro obligatorio de responsabilidad civil por accidentes de tráfico de vehículos a motor;
(3) Atropello y fuga de vehículo a motor.