Red de conocimientos turísticos - Información sobre alquiler - ¿Cuál es la diferencia entre un depósito y un depósito?

¿Cuál es la diferencia entre un depósito y un depósito?

1. La naturaleza de ambos es diferente. El depósito es un concepto jurídico, mientras que el depósito es sólo un término consuetudinario, no un concepto jurídico. El contrato de depósito (incluida la cláusula de depósito) es un contrato subsidiario del contrato principal. Si el depósito no se paga de acuerdo con el acuerdo, no constituye una violación del contrato principal. Sin embargo, el acuerdo entre las partes sobre el depósito. es parte integrante del contrato principal Según el contrato, el contrato de depósito es parte integrante del contrato principal. La falta de pago del depósito constituirá un incumplimiento del contrato principal.

2. Las funciones de los dos son diferentes. El depósito tiene únicamente el carácter de anticipo y no tiene la función de garantizar la firma y cumplimiento del contrato. El depósito puede proporcionar garantía para el establecimiento de la deuda y el cumplimiento de la deuda a través de la "pena de depósito".

3. Las consecuencias jurídicas de ambos son diferentes. Según las disposiciones de la Ley de Garantía, una vez pagado el depósito, si el pagador del depósito se niega a celebrar el contrato o no lo ejecuta después de que entre en vigor, no tiene derecho a solicitar la devolución del depósito; El destinatario del depósito se niega a celebrar el contrato o no lo ejecuta después de que el contrato entre en vigor, entonces se debe devolver el doble del depósito. El depósito sólo podrá utilizarse como pago o recuperarse una vez cumplida la deuda. En cuanto al depósito, no está claro en la ley que la validez del depósito depende del acuerdo entre las dos partes. Si las dos partes tienen un acuerdo, prevalecerá el acuerdo. Como pago por adelantado en la práctica de prueba, incluso si se determina que es un pago por adelantado. Una especie de garantía de cumplimiento, esta garantía también es unilateral y solo vincula al otorgante, es decir, la garantía del otorgante al destinatario. Si el destinatario incumple el contrato, sólo puede reembolsar el depósito original, no el doble del importe: si el pagador incumple el contrato y éste no se establece, el pagador puede recuperar el depósito y el destinatario debe devolverlo en su totalidad.