¿A cuántos días hábiles se refiere "corto plazo" en las "Medidas para la administración de informes de transacciones de gran monto y transacciones sospechosas de instituciones financieras"?
Esta medida tiene como objetivo monitorear las transacciones de fondos en divisas grandes y sospechosas y estandarizar el comportamiento de presentación de informes de las transacciones de fondos en divisas.
Estas Medidas están formuladas de acuerdo con el "Reglamento de la República Popular China sobre Administración de Divisas" y otras regulaciones relevantes.
Las instituciones financieras nacionales que se dedican a negocios cambiarios (en adelante, instituciones financieras) deberán informar las transacciones cambiarias grandes y sospechosas a la Administración Estatal de Divisas de conformidad con las disposiciones de estas Medidas.
Las grandes transacciones de capital en divisas se refieren a transacciones de divisas por encima de una determinada cantidad que se realizan a través de diversos métodos de liquidación por parte de entidades comerciales. Las transacciones sospechosas de fondos de divisas se refieren a transacciones con características anormales como el monto, la frecuencia, la fuente, el flujo y el propósito de las transacciones de divisas. La Administración Estatal de Divisas y sus sucursales (en lo sucesivo denominadas oficinas de cambio) son responsables de la supervisión y gestión de los informes de transacciones de fondos de divisas grandes y sospechosas. Cuando las instituciones financieras abren cuentas de divisas para clientes, deben cumplir con las regulaciones sobre el sistema de nombre real para cuentas de depósito personales y las regulaciones sobre la gestión de cuentas de divisas nacionales. No se les permite abrir cuentas de divisas anónimas para clientes o abrir. cuentas en divisas con nombres evidentemente falsos. Cuando las instituciones financieras realicen negocios de cambio de divisas para clientes, deberán verificar la información de su verdadera identidad, la cual incluye principalmente el nombre de la unidad, nombre del representante legal o responsable, identificación y número, certificado de apertura de cuenta, código de organización, domicilio. , capital social y ámbito de actividad empresarial, escala empresarial, importe medio de pago diario de la cuenta, nombre del depositante de la cuenta bancaria personal, número y certificado de identidad, residencia, ocupación, ingresos económicos, situación familiar y otra información.
Las instituciones financieras deben mantener registros de todas las transacciones de fondos en divisas grandes y sospechosas durante al menos 5 años a partir de la fecha de la transacción. Las instituciones financieras deben establecer y mejorar sistemas internos de responsabilidad laboral contra el lavado de dinero, formular procedimientos operativos internos contra el lavado de dinero y designar personal dedicado que sea responsable de registrar, analizar y reportar transacciones de fondos en divisas grandes y sospechosas. Las instituciones financieras no divulgarán información sobre transacciones de fondos en divisas sospechosas y de grandes cantidades a ninguna unidad o individuo, a menos que la ley disponga lo contrario.