Reglamento para establecer malos antecedentes de soborno comercial en el ámbito de la compra y venta de productos farmacéuticos
Análisis legal: para fortalecer la gestión de las instituciones médicas, estandarizar la compra de medicamentos, equipos médicos, consumibles médicos, etc. por parte de las instituciones médicas y de salud, detener las actividades comerciales ilegales y tomar medidas enérgicas contra las actividades comerciales. soborno, de acuerdo con la normativa vigente sobre soborno comercial en el ámbito de la compra y venta de productos farmacéuticos y el establecimiento de leyes y reglamentos pertinentes.
Base legal: "Sobre el establecimiento de malos antecedentes de soborno comercial en el campo de la compra y venta de productos farmacéuticos" Artículo 6 Cuando las instituciones médicas y de salud suscriben contratos de compra de medicamentos, equipos médicos y consumibles médicos con la producción farmacéutica y empresas operativas y sus agentes, se debe firmar al mismo tiempo un contrato limpio de compra y venta, indicando el nombre del representante de ventas designado por la empresa, así como cláusulas tales como que no se permite el soborno comercial y que se incluirá el soborno comercial. en el mal historial del soborno comercial.