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Ley de Promoción de la Industria Cinematográfica de la República Popular China

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Esta ley se formula con el fin de promover el desarrollo sano y próspero de la industria cinematográfica, promover los valores socialistas fundamentales, regular el orden del mercado cinematográfico y enriquecer el espíritu espiritual y vida cultural del pueblo. Artículo 2 Esta Ley se aplicará a la creación, filmación, distribución, proyección y otras actividades cinematográficas (en lo sucesivo denominadas colectivamente actividades cinematográficas) dentro del territorio de la República Popular China.

El término “películas” mencionado en esta Ley se refiere a películas filmadas utilizando tecnología audiovisual y medios artísticos, grabadas en soportes cinematográficos o digitales, compuestas de imágenes continuas sonoras o mudas que expresen ciertos contenidos. , y cumplir con las normas técnicas estipuladas por el estado. Obras utilizadas para proyecciones públicas en lugares de proyección fijos como cines o equipos de proyección móviles.

Quienes difundan películas a través de redes de información como Internet, redes de telecomunicaciones, redes de radio y televisión, etc., también deberán cumplir con las leyes y normas administrativas que regulan el manejo de las redes de información como Internet, telecomunicaciones. cadenas de televisión, cadenas de radio y televisión, etc. Artículo 3 Al participar en actividades cinematográficas, se debe persistir en servir al pueblo y al socialismo, dar prioridad a los beneficios sociales y lograr la unificación de los beneficios sociales y los beneficios económicos. Artículo 4 El Estado se adhiere a la orientación creativa centrada en las personas, se adhiere a la política de dejar florecer cien flores y competir cien escuelas de pensamiento, respeta y garantiza la libertad de creación cinematográfica, aboga por una creación cinematográfica cercana a la realidad, a la vida. , y las masas, y fomenta la creación de películas que sean ideológicas, artísticas y ornamentales. Excelente película. Artículo 5 El Consejo de Estado incorporará el desarrollo de la industria cinematográfica al plan nacional de desarrollo económico y social. Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior incorporarán el desarrollo de la industria cinematográfica en sus planes nacionales de desarrollo económico y social basándose en las condiciones locales reales.

El Estado formula políticas cinematográficas y de la industria relacionada para guiar la formación de un mercado cinematográfico unificado, abierto y de competencia justa y promover la prosperidad y el desarrollo del mercado cinematográfico. Artículo 6: El Estado fomenta la investigación, el desarrollo y la aplicación de la tecnología cinematográfica, formula y mejora los estándares de la tecnología cinematográfica y construye un sistema de innovación en tecnología cinematográfica con las empresas como organismo principal, el mercado como guía e integrando la industria, la academia y la investigación. Artículo 7: Los derechos de propiedad intelectual relacionados con las películas están protegidos por la ley y no pueden ser infringidos por ninguna organización o individuo.

Los departamentos responsables de la aplicación de las leyes de propiedad intelectual de los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben tomar medidas para proteger los derechos de propiedad intelectual relacionados con las películas e investigar y abordar las infracciones de los derechos de propiedad intelectual relacionados con las películas en conforme a la ley.

Los ciudadanos, las personas jurídicas y otras organizaciones que participan en actividades cinematográficas deberían aumentar su conocimiento de los derechos de propiedad intelectual y mejorar su capacidad para utilizar, proteger y gestionar los derechos de propiedad intelectual.

El Estado anima a los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones a desarrollar productos de imagen cinematográfica y otros productos derivados de conformidad con la ley. Artículo 8 El departamento de cine del Consejo de Estado es responsable del trabajo cinematográfico en todo el país; el departamento de cine del gobierno popular local a nivel de condado o superior es responsable del trabajo cinematográfico dentro de su propia región administrativa.

Otros departamentos relevantes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables del trabajo cinematográfico relevante dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades. Artículo 9 Las organizaciones de la industria cinematográfica formularán normas de autorregulación de la industria de conformidad con la ley, realizarán intercambios comerciales, fortalecerán la educación en ética profesional y salvaguardarán los derechos e intereses legítimos de sus miembros.

Los actores, directores y otros profesionales del cine deben adherirse tanto a la moral como al arte, acatar las leyes y regulaciones, respetar la ética social, acatar la ética profesional, fortalecer la autodisciplina y establecer una buena imagen social. Artículo 10: El Estado apoya el establecimiento de un sistema de evaluación de películas y fomenta las críticas cinematográficas.

Las películas excelentes, las organizaciones y las personas que hayan realizado contribuciones destacadas al desarrollo de la industria cinematográfica serán elogiadas y recompensadas de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 11: El Estado fomenta la cooperación y los intercambios cinematográficos internacionales iguales y mutuamente beneficiosos y apoya la participación en festivales (exposiciones) de cine en el extranjero. Capítulo 2 Creación y producción cinematográfica Artículo 12 El Estado fomenta la creación de guiones cinematográficos y la innovación en temas, géneros, formas, métodos, etc., y fomenta los debates académicos cinematográficos y los intercambios comerciales.

Con base en las necesidades de la creación cinematográfica, las autoridades cinematográficas de los gobiernos populares a nivel de condado o superior brindan la conveniencia y la asistencia necesarias para que los creadores de cine profundicen en las bases, profundicen en las masas y experimentar la vida. Artículo 13 Las personas jurídicas y otras organizaciones que planeen producir películas deberán presentar el resumen del guión de la película ante el departamento administrativo cinematográfico del Consejo de Estado o el departamento administrativo cinematográfico del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente de la Central. Gobierno; si se trata de temas importantes o de seguridad nacional, diplomacia, etnia, religión, temas militares y de otro tipo, el guión de la película debe enviarse para su revisión de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

Si el esquema del guión de la película o el guión de la película cumple con las disposiciones del artículo 16 de esta Ley, el departamento administrativo cinematográfico dependiente del Consejo de Estado anunciará la información básica de la película a producir, y el departamento administrativo cinematográfico dependiente del Consejo de Estado o la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central deberá El departamento administrativo cinematográfico del gobierno popular expedirá documentos de certificación de registro o expedirá documentos de aprobación. Las medidas específicas serán formuladas por el departamento administrativo cinematográfico del Consejo de Estado. Artículo 14 Las personas jurídicas y otras organizaciones podrán, con la aprobación del departamento cinematográfico competente del Consejo de Estado, cooperar con organizaciones extranjeras en la producción de películas, pero no cooperarán con organizaciones extranjeras que participen en actividades que perjudiquen a los nacionales de mi país; dignidad, honor e intereses, poner en peligro la estabilidad social o herir los sentimientos nacionales, y las personas que se involucran en los comportamientos anteriores no pueden ser contratadas para participar en producciones cinematográficas.

Si una película producida conjuntamente cumple con los requisitos de proporción en términos de creación, inversión, distribución de ingresos, etc., la película se considerará una película producida por una persona jurídica nacional u otra organización.

Las organizaciones extranjeras no pueden participar de forma independiente en actividades de filmación de películas dentro del país; las personas extranjeras no pueden participar en actividades de filmación de películas dentro del país. Artículo 15 El departamento administrativo cinematográfico del gobierno popular a nivel de condado o superior se coordinará con los departamentos de seguridad pública, protección de reliquias culturales, gestión de áreas escénicas y otros departamentos para brindar la conveniencia y asistencia necesarias a las personas jurídicas y otras organizaciones para participar en el rodaje de películas. actividades de conformidad con esta ley.

Quienes participan en actividades de filmación de películas deben cumplir con las leyes y regulaciones relacionadas con la protección del medio ambiente, la protección de reliquias culturales, la gestión de lugares escénicos y la seguridad de la producción, y tomar las medidas de protección y protección necesarias durante el proceso de filmación.

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