Elementos de lucha contra la competencia desleal
Base jurídica: "Ley Anticompetencia Desleal de la República Popular China"
Artículo 6 Los operadores no deberán participar en las siguientes conductas confusas, que hagan que otros crean erróneamente que están bienes ajenos o que estén relacionados con otros. Conexiones específicas: (1) Uso no autorizado de logotipos idénticos o similares como nombres de productos, empaques, decoración, etc. que tengan cierta influencia sobre otros; los nombres (incluidas abreviaturas, tamaños de fuente, etc.), organizaciones sociales (incluidas abreviaturas, etc.) y nombres (incluidos seudónimos, nombres artísticos, nombres traducidos, etc.) tienen cierta influencia sobre los demás; las partes principales de nombres de dominio, nombres de sitios web, páginas web, etc. sin autorización. , tiene cierto impacto en los demás; (4) Otros comportamientos confusos que pueden hacer que las personas piensen erróneamente que son bienes ajenos o que tienen una conexión específica con los demás.
Artículo 7 Los operadores no deberán sobornar a las siguientes unidades o individuos con propiedades u otros medios para buscar oportunidades comerciales o ventajas competitivas: (1) Personal de la contraparte (2) Encargado por la contraparte para manejar asuntos relevantes; Unidades o individuos que usan su autoridad o influencia para influir en transacciones; (3) Unidades o individuos que usan su autoridad o influencia para influir en transacciones. En las actividades comerciales, los operadores comerciales pueden pagar descuentos a las contrapartes de manera explícita o pagar comisiones a los intermediarios. Si un operador paga un descuento a una contraparte o una comisión a un intermediario, deberá contabilizarse verazmente. Los operadores que acepten descuentos y comisiones también deberán consignarlos verazmente. Sin embargo, el soborno por parte del personal de un operador se considerará comportamiento del operador, a menos que el operador tenga pruebas que demuestren que el comportamiento del miembro del personal no tiene nada que ver con la búsqueda de oportunidades comerciales o ventajas competitivas para el operador.
Artículo 8 Los operadores no harán publicidad comercial falsa o engañosa sobre el desempeño, funciones, calidad, estado de ventas, reseñas de usuarios, honores, etc. de sus productos para engañar o inducir a error a los consumidores. Los operadores no ayudarán a otros operadores a realizar promociones comerciales falsas o engañosas organizando transacciones falsas.