Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - El contrato de arrendamiento se ha firmado por 40 añosSegún el artículo 214 de la Ley de Contratos, el plazo del arrendamiento no podrá exceder de veinte años. Si tiene más de 20 años, la parte sobrante no será válida. Hay que tener cuidado Después de 20 años, la llamada empresa de tecnología y comercio te dará una palmada en el trasero y te dejará un apartamento en ruinas que solo podrá usarse durante 20 años. Por lo demás, siempre que realices los trámites de traslado, la casa es tuya y no tienes que preocuparte de que te echen.

El contrato de arrendamiento se ha firmado por 40 añosSegún el artículo 214 de la Ley de Contratos, el plazo del arrendamiento no podrá exceder de veinte años. Si tiene más de 20 años, la parte sobrante no será válida. Hay que tener cuidado Después de 20 años, la llamada empresa de tecnología y comercio te dará una palmada en el trasero y te dejará un apartamento en ruinas que solo podrá usarse durante 20 años. Por lo demás, siempre que realices los trámites de traslado, la casa es tuya y no tienes que preocuparte de que te echen.