Corrección de alquiler de andamios

1. Disputas de indemnización por daños personales causados ​​a otros con motivo de la ejecución del contrato. En la relación contractual, dado que las dos partes tienen una relación contractual y no existe una relación extracontractual, las lesiones del contratista no entran dentro del alcance de los ajustes contractuales y no se aplica el principio de atribución de responsabilidad extracontractual. En una relación contractual, si el contratista causa daños a otros (los que usted llama "trabajadores") o a sí mismo en el proceso de ejecución del trabajo contratado, el ordenante no será responsable de la indemnización en principio, en segundo lugar, el ordenante (usted; ) Quien cometa errores en el pedido, en las instrucciones o en la selección será responsable de una indemnización proporcional a su culpa. El artículo 10 de la Interpretación de la indemnización por daños personales estipula que si el contratista causa daños a un tercero o a sí mismo durante la finalización del trabajo, el cliente no será responsable de la indemnización. Sin embargo, si el cliente comete errores al realizar el pedido, las instrucciones o la selección, asumirá la correspondiente responsabilidad por la indemnización.

2. El daño al “trabajador” es causado por daños en el andamio (la carga de la prueba recae en el empleado. Por supuesto se puede llegar a un acuerdo con el contratista, pero si no es causado). Por esta razón, puedes eludir la responsabilidad, pero si puedes estar a la altura de tu conciencia es otra cuestión). Usted es consciente de esta situación y debe asumir la correspondiente responsabilidad por la indemnización.

3. Los hechos causantes del daño, las circunstancias que requieren un tratamiento integral y la conclusión de la valoración de la invalidez (si constituye invalidez).