¿Quién es responsable de la estufa rota en la cocina de alquiler?
Análisis jurídico: Los fabricantes pueden vender a comerciantes y propietarios. Entonces el fabricante, el vendedor y el arrendador serán todos responsables. Si se debe a un uso inadecuado, el inquilino será responsable.
Base jurídica: “República Popular China y Código Civil”
Artículo 1.202 Si un producto defectuoso causa daño a otros, el productor asumirá la responsabilidad extracontractual.
Artículo 1.203 Si un producto defectuoso causa daño a otros, la parte infractora podrá solicitar una indemnización al fabricante del producto o al vendedor del producto. Si los defectos del producto son causados por el fabricante, el vendedor tiene derecho a recuperar una compensación del fabricante después de realizar la compensación. Si un producto es defectuoso por culpa del vendedor, el fabricante tendrá derecho a recuperar una compensación del vendedor después de haber realizado la compensación.
Artículo 1.204 Si un producto resulta defectuoso por culpa de un tercero, como un transportista o un almacén, causando daño a otros, el productor o vendedor del producto tendrá derecho a indemnizar al tercero. recuperación.
Artículo 1.205 Si un defecto del producto pone en peligro la seguridad personal o patrimonial de otros, la parte infractora tiene derecho a solicitar del fabricante o del vendedor que asuma la responsabilidad extracontractual, tales como el cese de la infracción, la eliminación de obstáculos y la eliminación de peligros. .
Artículo 1.206 Si un producto se encuentra defectuoso después de su puesta en circulación, el fabricante o vendedor deberá tomar con prontitud medidas correctivas tales como suspensión de ventas, advertencias y retiros del mercado si existen medidas correctivas o correctivas; Si no se toma en el momento oportuno, si no hacerlo hace que el daño se amplíe, la parte también asumirá la responsabilidad extracontractual por el daño ampliado. Si se adoptan medidas de recuperación de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior, el fabricante o vendedor correrá con los gastos necesarios en que incurra el infractor.