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¿Qué debo hacer si el propietario quiere vender la casa alquilada?

Esto no es razonable. Durante el período de arrendamiento, si el propietario necesita vender la casa, se debe notificar al inquilino con anticipación para darle tiempo a prepararse para alquilar otra casa. Si el propietario no notifica con antelación, la venta no será válida o la solicitud de desocupación inmediata no será válida, siempre que esté escrito un contrato de arrendamiento. Primero negocie con el propietario a tiempo, reduzca el tiempo de entrega y espere hasta encontrar otra casa antes de mudarse. De lo contrario, puede negarse a mudarse. Si el arrendador o el arrendatario desean rescindir el contrato antes de su vencimiento, se debe notificar a la otra parte con anticipación y se debe otorgar cierta compensación a la otra parte según lo estipulado en el contrato o negociado. El contrato caduca y se rescinde de forma natural.

El artículo 229 de la "Ley de Contratos" estipula: "Durante el período de arrendamiento, si cambia la propiedad del objeto arrendado, la validez del contrato de arrendamiento no se verá afectada".

"Casas Urbanas" El artículo 11 de las "Medidas de Gestión del Arrendamiento" estipula: "Si el arrendador transfiere la propiedad de la casa durante el período de arrendamiento, el cesionario de la casa seguirá cumpliendo las disposiciones del contrato de arrendamiento original".

"Aviso sobre la implementación del Tribunal Popular Supremo" El párrafo 2 del artículo 119 de los Principios Generales del Derecho Civil de la República Popular China "Opiniones sobre varias cuestiones (juicio)" estipula: "Durante el período de arrendamiento, si los derechos de propiedad de una casa particular se transfieren por venta, donación o herencia, el contrato de arrendamiento original no tendrá responsabilidad frente al arrendatario y el nuevo propietario seguirá siendo válido."

Artículo 230. de la “Ley de Contratos” estipula: “Si el arrendador vende la casa arrendada, lo comunicará al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta, y el arrendatario la entregará en las mismas condiciones”.

El artículo 11 del "Reglamento de Ordenación de la Vivienda Privada Urbana" estipula: "El propietario de la casa deberá avisar al arrendatario con tres meses de antelación cuando venda una casa para alquiler, y el arrendatario deberá entregarla en las mismas condiciones. Disfrute del derecho de tanteo”.

El artículo 118 de las “Opiniones sobre varias cuestiones relativas a la ejecución” del Tribunal Supremo Popular estipula: “El arrendador deberá notificar al arrendatario con tres meses de antelación cuando venda una casa, y el arrendatario deberá Estar en las mismas condiciones. Gozar del derecho de tanteo; si el arrendador no vende la casa de conformidad con este reglamento, el arrendatario podrá solicitar del Tribunal Popular que declare inválida la venta de la casa.

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