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El proceso de audiencia de disputas sucesorias

Subjetividad Jurídica:

Existen siete procesos. De la siguiente manera: 1. El fiscal primero recopila pruebas de la propiedad de la propiedad y redacta una acusación; 2. Presenta una demanda ante el Tribunal Popular; 3. El Tribunal Popular determina si acepta el caso con base en la información presentada; 4. Después de que el Tribunal Popular acepta; el caso, notifica al fiscal que pague los honorarios del litigio y presente pruebas; 5. El Tribunal Popular notifica al acusado para que presente pruebas; 6. El Tribunal Popular organizará una sesión judicial y emitirá una citación; y juicio.

Objetividad jurídica:

Artículo 132 del Código Civil: Los herederos negociarán y resolverán las cuestiones sucesorias en un espíritu de entendimiento mutuo, acomodación mutua, armonía y unidad. El momento, el método y las partes de la división de la herencia serán determinados por los herederos mediante negociación; si la negociación fracasa, el Comité de Mediación Popular podrá mediar o presentar una demanda ante el Tribunal Popular.