¿Cómo lidiar con los aditivos que no están pactados en el contrato de arrendamiento?
Base jurídica: “Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica del derecho en el juicio de controversias sobre contratos de arrendamiento de viviendas urbanas”.
¿Artículo 7? Si el arrendatario decora con el consentimiento del arrendador, el contrato de arrendamiento es inválido y no se ha formado ninguna decoración accesoria. Si el arrendador acepta utilizarlo, puede ser propiedad del arrendador con descuento si el arrendador no acepta utilizarlo; , podrá ser desmantelado por el arrendatario. Si la casa resulta dañada por demolición, el arrendatario deberá restaurarla a su estado original.
Los adornos accesorios utilizados con el consentimiento del arrendador pueden ser propiedad del arrendador con descuento; si no se conviene en su uso, las dos partes compartirán la pérdida del valor presente según la falta que los causó; el contrato sea inválido.
¿Artículo 8? Si el arrendatario adorna con el consentimiento del arrendador, éste podrá retirar la decoración que no forme accesorio cuando expire el plazo del arrendamiento o se resuelva el contrato, salvo pacto en contrario de las partes. Si la casa resulta dañada por demolición, el arrendatario deberá restaurarla a su estado original.
¿Artículo 9? El arrendatario y el arrendador han acordado la decoración, y cuando se resuelva el contrato, si las dos partes no han acordado la disposición de la decoración accesoria, el tribunal popular lo tramitará por separado según las siguientes circunstancias:
(1) El arrendatario rescinde el contrato por incumplimiento del mismo, y se debe respaldar al arrendatario solicitando al arrendador que compense la pérdida del valor residual de la decoración durante el período restante del arrendamiento;
(2) Si el arrendatario rescinde el contrato por incumplimiento del contrato, el arrendatario solicitará al arrendador una compensación por la pérdida del valor residual de la decoración durante el período restante del arrendamiento, no soportado. Sin embargo, si el arrendador acepta utilizarlo, deberá proporcionar una compensación adecuada dentro del alcance del valor de uso;
(3) Si el contrato se rescinde debido al incumplimiento del contrato por ambas partes, lo que resulta en una pérdida del valor residual de la decoración durante el período restante del arrendamiento, ambas partes soportarán la proporción que corresponda según sus respectivas responsabilidades;
(4) Si el contrato se rescinde por causas que no sean imputables a él. Ambas partes, la pérdida del valor residual de la decoración durante el período restante del arrendamiento será compartida por ambas partes de acuerdo con el principio de equidad. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
¿Artículo 10? El inquilino acepta trabajar con el arrendador en las renovaciones. Cuando expire el plazo del arrendamiento, si el arrendatario solicita al arrendador que compense los costos incidentales de decoración, el arrendatario no lo soportará. Salvo acuerdo en contrario de las partes.