Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - Tratamiento contable del arrendamiento financiero del arrendador

Tratamiento contable del arrendamiento financiero del arrendador

1. Tratamiento contable de la fecha de inicio del arrendamiento

El arrendador considerará el pago mínimo del arrendamiento en la fecha de inicio del arrendamiento como el valor de entrada de los pagos del arrendamiento financiero a cobrar, registrando al mismo tiempo el valor residual no garantizado, y comparar el pago mínimo del arrendamiento con el quirografario. La diferencia entre la suma del valor residual y la suma de su valor presente se registra como ingreso financiero no realizado.

En la fecha de inicio del arrendamiento, el arrendador debita la cuenta "arrendamiento financiero por cobrar" según el monto mínimo del pago del arrendamiento, debita la cuenta "valor residual no garantizado" según el monto del valor residual no garantizado, y debita la cuenta "valor residual no garantizado" según el monto original del activo arrendado, el valor en libros se acredita a la cuenta "Activos de arrendamiento financiero" y la diferencia calculada según las cuentas anteriores se acredita a la cuenta "Ingresos financieros no realizados". cuenta.

2. Tratamiento contable de los costes directos iniciales

Los costes directos iniciales en los que incurre el arrendador suelen incluir derechos de timbre, comisiones, honorarios de abogados, gastos de viaje, honorarios de negociación, etc. Los costos directos iniciales incurridos por el arrendador se reconocerán como gastos corrientes. Se debitan cuentas como “Gastos Administrativos” y se acreditan cuentas como “Depósitos Bancarios”.

3. Distribución de los ingresos financieros no realizados

La renta percibida por el arrendador en cada periodo incluye principal e intereses. Los ingresos financieros no realizados deben asignarse durante cada período del plazo del arrendamiento y reconocerse como ingresos financieros en cada período. Al distribuir, el arrendador debe utilizar el método de la tasa de interés real para calcular los ingresos financieros que deben reconocerse en el período actual si no hay cambios significativos con respecto a los resultados del cálculo del método de la tasa de interés real, el método de línea recta y el método de la tasa de interés real. También se puede utilizar el método de suma de dígitos de años.

La renta percibida por el arrendador en cada período se carga en la cuenta "depósito bancario" y se acredita en la cuenta "arrendamiento financiero por cobrar". Al mismo tiempo, cuando se reconocen los ingresos por arrendamiento financiero en cada período, se debita la cuenta “Ingresos diferidos - Ingresos financieros no realizados” y se abona la cuenta “Ingresos financieros del negocio principal”.

Si el arrendador no ha recibido renta durante más de un período de pago de renta, dejará de reconocer ingresos y sus ingresos reconocidos se traspasarán nuevamente a contabilidad fuera de balance. Cuando efectivamente se recibe el alquiler, los ingresos financieros incluidos en el alquiler se reconocen como ingresos del período actual.

4. Tratamiento contable cuando cambia el valor residual no garantizado

El arrendador debe comprobar periódicamente el valor residual no garantizado. Si hay evidencia de que el valor residual no garantizado ha disminuido, se recalculará la tasa de interés del arrendamiento, la disminución en la inversión neta del período actual se reconocerá como una pérdida del período actual y los ingresos financieros se reconocerán en períodos posteriores. se determinará en función de la inversión neta revisada y del tipo de interés del arrendamiento recalculado. Si se recupera el valor residual no garantizado de una pérdida reconocida, se revertirá dentro del monto de la pérdida reconocida original y se recalculará la tasa de interés del arrendamiento. Entre ellos, la inversión neta en arrendamiento se refiere a la diferencia entre la suma del pago mínimo del arrendamiento y el valor residual no garantizado en el arrendamiento financiero y los ingresos financieros no realizados.

Dado que el valor residual no garantizado determina el tipo de interés incluido en el arrendamiento y, por tanto, determina la distribución de los ingresos financieros no realizados, con el fin de reflejar fielmente los activos y el rendimiento operativo de la empresa, de acuerdo con los requisitos del Principio de prudencia: Cuando el valor residual no garantizado disminuye y se restablece el valor residual no garantizado de una pérdida reconocida, se recalculará la tasa de interés incluida en la propiedad arrendada, y no se realizará ningún ajuste cuando el valor residual no garantizado aumente.

Al final del período, si el importe recuperable estimado del valor residual no garantizado del arrendador es inferior a su valor en libros, se cargará la cuenta “ingresos diferidos-ingresos por financiación no realizados” y el “residual no garantizado” "Se acreditará el valor" en la cuenta. Si se recupera el valor residual no garantizado reconocido, se revertirá dentro del monto de la pérdida reconocida original y la cuenta será opuesta a la anterior.

5. Tratamiento contable de las rentas contingentes.

Los alquileres contingentes deben reconocerse como ingresos cuando realmente ocurren. Débito "Cuentas por Cobrar", "Depósitos Bancarios" y otras cuentas, y crédito "Ingresos Principales del Negocio - Ingresos por Financiamiento"

6. Vencido el plazo del arrendamiento, el arrendatario deberá devolver los bienes arrendados al arrendador. Hay cuatro situaciones en este momento:

A. Hay un valor residual garantizado, pero no hay un valor residual no garantizado.

Cuando el arrendador reciba los bienes devueltos por el arrendatario, se debitará de la cuenta “Activos de Arrendamiento Financiero” y se abonará en la cuenta “Deudores de Arrendamiento Financiero”.

B. Valor residual garantizado y valor residual no garantizado.

Cuando el arrendador recibe los bienes devueltos por el arrendatario, debita la cuenta "Activos de arrendamiento financiero" y acredita las cuentas "Cuentas por cobrar de arrendamiento financiero" y "Valor residual no garantizado".

c No existe un valor residual garantizado, pero sí un valor residual no garantizado.

Cuando el arrendador reciba los bienes devueltos por el arrendatario, se cargará en la cuenta "activos de arrendamiento financiero" y se abonará en la cuenta "valor residual no garantizado".

D. No existe ni valor residual garantizado ni valor residual no garantizado.

El arrendador no necesita gestionarlo, sólo debe registrarse como corresponde.

(2) Los bienes arrendados tienen prioridad en la renovación.

Si el arrendatario ejercita el derecho de tanteo para renovar el arrendamiento, el arrendador lo tratará como si el arrendamiento hubiera existido siempre y realizará el tratamiento contable correspondiente. Si el arrendatario no renueva el contrato de arrendamiento, cuando se cobren al arrendatario la indemnización por daños y perjuicios de conformidad con el contrato, se debitarán "otras cuentas por cobrar" y se acreditarán los "ingresos no operativos". Asimismo, los bienes recuperados serán tratados de conformidad con las disposiciones anteriores.

(3) Conservar y comprar bienes arrendados.

El arrendatario ejerció su derecho de tanteo. El arrendador debitará los "depósitos bancarios" y acreditará los "créditos por arrendamiento financiero" y otras cuentas en función del precio pagado por el arrendatario para comprar los activos.

7. Divulgación de información contable relevante.

El arrendador deberá revelar las siguientes materias en el informe financiero:

(1) El importe mínimo de cobro en cada uno de los tres ejercicios fiscales consecutivos posteriores a la fecha del balance, y el importe mínimo importe de cobro en años siguientes.

(2) No se ha reconocido el saldo de ingresos por financiación. Es decir, el saldo del total de ingresos financieros no reconocidos menos los ingresos financieros confirmados.

(3) Método de imputación de los ingresos por financiación no reconocidos. Como el método del tipo de interés efectivo, el método de la línea recta o el método de la suma de los dígitos de los años.