Red de conocimientos turísticos - Estrategias turísticas - ¿Cómo se calcula y registra el impuesto sobre la renta de las personas físicas?

¿Cómo se calcula y registra el impuesto sobre la renta de las personas físicas?

1. Al girar:

Préstamo: gastos operativos o administrativos, costos de producción y otras cuentas de gastos de costos relacionados.

Préstamo: Cuentas por Pagar - Salarios

2. Al desembolsar salarios: retener y remitir parte de la seguridad social que deben pagar las personas físicas (sujeto al monto real pagado) y del impuesto personal ( sujeto al monto real pagado) prevalecerá el salario).

Préstamo: Cuentas por pagar - salarios

Préstamo: Otras cuentas por pagar - seguridad social

Préstamo: Impuestos por pagar

Préstamo: Depósito bancario o efectivo.

Datos ampliados:

Formato

Primero: primero debe ser pedir prestado y luego prestar, con el débito arriba y el crédito abajo;

Sec. 2: El símbolo de contabilidad de crédito, la cuenta y el monto deben estar un espacio después del débito, lo que indica que el débito está a la izquierda y el crédito a la derecha.

Hay dos tipos de asientos contables: asientos simples y asientos compuestos. Los asientos simples son asientos para pedir prestado un préstamo; los asientos compuestos son asientos para un préstamo con múltiples préstamos y asientos para un préstamo con múltiples créditos. Entradas para préstamos múltiples y préstamos múltiples.

Cabe señalar que para mantener clara la correspondencia contable, generalmente no es apropiado combinar diferentes negocios económicos y preparar asientos contables para múltiples préstamos. Sin embargo, en algunas circunstancias especiales, para reflejar el panorama general de la actividad económica, también se pueden preparar asientos contables para préstamos y empréstitos múltiples.

Documentos por cobrar

A. Recibir aceptación bancaria: efectos por cobrar

Crédito: cuentas por cobrar

B. documentos por cobrar.

Préstamos: costos financieros (los intereses generalmente se calculan al final del plazo y al final del año)

C. Solicitar préstamos con descuento: depósitos bancarios

Costos financieros (= interés de descuento - Intereses acumulados del pagaré para el período actual)

Crédito: pagaré por cobrar (número de libro)

d. cuando expiró.

(1) El banco transfiere fondos desde la cuenta bancaria de la parte del descuento: cuentas por cobrar-x empresa.

Préstamos: depósitos bancarios

(2) Fondos insuficientes en la cuenta bancaria de la empresa: cuentas por cobrar - x empresa.

Préstamos: depósitos bancarios

Préstamos a corto plazo (fondos insuficientes en la cuenta)

Cuentas por cobrar: depósitos bancarios.

Crédito: Documentos por cobrar

F. El aceptante se niega a prestar a su vencimiento: ¿Cuentas por cobrar? (Se pueden retirar provisiones para insolvencias)

Crédito: Documentos por cobrar

G. Transferencia y endoso de pagarés (adquisición de materia prima): Materias primas (mercancías en tránsito)

Impuestos por pagar - Impuesto al valor agregado por pagar (impuesto soportado)

Crédito: Documentos por cobrar

Cuentas por cobrar

Ocurrencia: Débito: Cuentas por cobrar - Empresa p>

Descuento por pronto pago: Débito: Depósito bancario (precio total registrado - descuento por pronto pago)

Gastos financieros

Crédito: Cuentas por cobrar - Empresa X (precio total)

c Descuento sobre ventas: Débito: Ingresos del negocio principal.

Impuestos por pagar - impuesto al valor agregado por pagar (impuesto repercutido)

Crédito: Cuentas por cobrar

D. (Método de provisión) Débito: Gastos administrativos - pérdidas por insolvencia

Préstamos: Provisiones por insolvencia

Nota: Si hay un saldo deudor por adelantado, el monto acumulado = saldo deudor + devengo para el monto del período actual;

Si hay un saldo acreedor por adelantado, el monto a retirar = el monto a retirar en el período actual - el saldo acreedor (el número negativo es la gestión de exceso del libro tarifa).

E. Deudas incobrables contraídas y canceladas: débito: provisión para insolvencias.

Crédito: Cuentas por Cobrar

F. Confirmar recuperación de insolvencias: Débito: Cuentas por Cobrar y: Débito: Depósito Bancario.

Crédito: Provisión para insolvencias Crédito: Cuentas por cobrar

La diferencia entre la base de provisión para insolvencias en la legislación contable y tributaria:

Contabilidad: "A. Cuentas por cobrar” + Saldo de la cuenta “Otras cuentas por cobrar”, independientemente de que se formen actividades de compra y venta.

B. Ley Tributaria: El saldo de cuentas por cobrar + documentos por cobrar se forma únicamente por las actividades de compra y venta.

Materiales de referencia:

Enciclopedia Baidu-Anotaciones contables