Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas turísticas - Abrí una tienda en un centro comercial y el contrato aún no se ha completado. ¿Puedo cancelar el contrato anticipadamente? ¿Cuál es la diferencia entre ésta y la cancelación unilateral?

Abrí una tienda en un centro comercial y el contrato aún no se ha completado. ¿Puedo cancelar el contrato anticipadamente? ¿Cuál es la diferencia entre ésta y la cancelación unilateral?

1. El contrato puede modificarse o resolverse mediante negociación, siempre que se celebre conforme a la voluntad de ambas partes.

2. Los contratos de compraventa, arrendamiento y otros entrarán en vigor una vez firmados por ambas partes o entregados en especie y surtirán efectos legales. Ninguna de las partes puede cambiar arbitrariamente las cosas sustantivas del contrato, es decir, el objeto del contrato, como automóviles, casas, bienes, etc. Y no puedo convertirlos en otras cosas, incluida la hora, la dirección, etc., porque una vez que estos factores cambien, ya no serán el tema original. Si una de las partes no cumple con sus obligaciones, se perderán los derechos de la otra parte. Para proteger los intereses de la parte perjudicada y limitar la inacción del deudor, la ley estipula que el caso puede resolverse mediante negociación, certificación notarial de terceros, arbitraje o litigio. Como usted es el arrendatario, suponiendo que sea el arrendador, no permitirá que el arrendatario cambie el contrato a voluntad, ¿verdad?

3. Aunque el contrato entra en vigor una vez confirmado, respeta los deseos de ambas partes, es decir, si ambas partes quieren cambiar el contenido del contrato por algún motivo, como cambiar una determinada cláusula o. rescindir una determinada cláusula, pueden hacerlo a través de Resolver mediante negociación.

4. Volver a tu contrato: Como Parte B, puedes notificar a la Parte A por escrito con dos meses de antelación la decisión a tomar según el contrato. Recuerde que la notificación es por escrito, la forma oral no es válida y es difícil obtener pruebas. Puede negociar directamente con la Parte A y simplemente pagar más alquiler. Creo que el Partido A no será demasiado arrogante. Después de todo, el Partido A quería alquilárselo a otra persona, por lo que de repente cobró dos meses más. Si rescindes el contrato unilateralmente, es decir, no alquilarás sin el consentimiento de la Parte A, y luego no devolverás el depósito tal y como consta en tu contrato (el depósito es el contrato de arrendamiento de un año que aceptaste firmar con Parte A cuando firmó el contrato) (cantidad en forma de garantía), tendrá que pagar una indemnización por daños y perjuicios.

Así que comuníquese bien con la Parte A para evitar la responsabilidad de la Parte B de rescindir el contrato.

Espero que sea útil.