Red de conocimientos turísticos - Preguntas y respuestas turísticas - Nuestra empresa firmó un contrato de alquiler de coche con una persona propietaria de un coche y lo alquila con otras personas. ¿Cuáles son los riesgos de este tipo de contrato? ¿Necesita solicitar una licencia comercial?

Nuestra empresa firmó un contrato de alquiler de coche con una persona propietaria de un coche y lo alquila con otras personas. ¿Cuáles son los riesgos de este tipo de contrato? ¿Necesita solicitar una licencia comercial?

Espero que aclares todo el problema; de lo contrario, no entenderás tu pregunta.

Si es una empresa de alquiler de autos como CAR Inc., ellos contratan a un conductor cuando alquilan un auto, y tú alquilas con alguien, entonces tú y esa persona habéis formado una relación laboral, y lo contratas. conducir por ti. En este caso, si él se lesiona durante el proceso de empleo, usted, como empleador, debe asumir la responsabilidad de la compensación, si simplemente le pide que lo lleve a algún lugar, ese es el final, entonces se forma una relación contractual y usted lo hace; no tendrá que asumir la responsabilidad de indemnización tras su lesión. A menos que haya cometido un error en las instrucciones o en las elecciones, como dejarlo ir por una carretera por la que no puede ir o que no tenga licencia de conducir.

Entendido. En su caso, el propietario del automóvil efectivamente ha establecido una relación laboral con la empresa, pero tiene su propia herramienta de producción, es decir, el vehículo, pero esto no afecta la naturaleza de la relación laboral. Existen riesgos: si no firma un contrato laboral, deberá pagar el doble del salario, podrá solicitar una indemnización cuando lo despidan y deberá asumir la responsabilidad de indemnización por lesiones relacionadas con el trabajo en caso de un accidente; accidente de tráfico. Hay riesgos. Algunas empresas firmarán acuerdos contractuales con dicho personal para indicar que la relación entre las dos partes es un contrato y no una relación laboral. Pero aun así, desde la perspectiva de las relaciones jurídicas básicas, todavía es posible reconocerla como relación laboral.