Red de conocimientos turísticos - Conocimiento turístico - ¿Qué elementos impositivos se cobran por el impuesto al valor agregado en las entradas a lugares pintorescos?

¿Qué elementos impositivos se cobran por el impuesto al valor agregado en las entradas a lugares pintorescos?

El impuesto al valor agregado se aplica a las entradas a lugares pintorescos como "servicios culturales". Las partidas tributarias tienen dos funciones:

Primero, tienen un alcance claro, que refleja la amplitud de los impuestos. Todos los productos o ingresos que se encuentran dentro de las partidas tributarias enumeradas son objetos imponibles y viceversa, son objetos no imponibles.

El segundo es clasificar y definir partidas impositivas específicas para que se puedan determinar tasas impositivas diferenciales para diferentes partidas impositivas. El propósito de especificar partidas tributarias es, en primer lugar, aclarar el alcance específico de la tributación y especificar su amplitud.

Los ingresos por entradas de atracciones y los ingresos por entradas de lugares escénicos pertenecen a los ingresos por servicios culturales obtenidos por la unidad operativa de lugares escénicos al proporcionar lugares turísticos. La tasa impositiva aplicable para los contribuyentes generales es 6. El documento estipula que los contribuyentes generales que brindan servicios culturales pueden optar por aplicar el método de cálculo de impuestos simplificado y aplicar una tasa de gravamen de 3.

Ingresos procedentes de atracciones, teleféricos, autobuses lanzadera, coches batería, cruceros, etc. Los ingresos de los contribuyentes procedentes de la explotación de teleféricos, autobuses lanzadera, coches batería, cruceros, etc. en lugares turísticos pagarán el impuesto sobre el valor añadido. de conformidad con los "servicios culturales y deportivos".