Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - Si el arrendatario subarrenda sin autorización, ¿por qué el arrendador debe alegar que el subarrendamiento no es válido lo antes posible?

Si el arrendatario subarrenda sin autorización, ¿por qué el arrendador debe alegar que el subarrendamiento no es válido lo antes posible?

Con el fin de proteger los derechos del subarrendatario y evitar que el subarrendamiento sea inestable durante mucho tiempo, la interpretación judicial del arrendamiento de vivienda urbana limita el derecho del arrendador a reclamar la invalidez del subarrendamiento. El artículo 16 de la Interpretación Judicial establece que si el arrendador sabe o debe saber que el arrendatario subarrenda, pero no presenta objeción dentro del plazo de seis meses, y solicita rescindir el contrato o determina que el contrato de subarrendamiento es inválido por considerar que el El arrendatario no ha aceptado, el Tribunal Popular no lo apoyará.

La ley nunca protege a las personas que "duermen en sus derechos". Si el arrendador es consciente del hecho del subarrendamiento y no presenta ninguna objeción durante mucho tiempo, entonces tiene motivos para creer que el arrendador acepta el subarrendamiento. Si al arrendador que tarda en ejercer el derecho de objeción se le permite saltar y expulsar al subarrendatario después de un largo tiempo, no sólo será injusto para el subarrendatario, sino que también impedirá que el subarrendatario reclame una compensación al subarrendatario no autorizado en de manera oportuna. Por lo tanto, el arrendador debe alegar la invalidez del subarrendamiento tan pronto como sea posible después de conocer o debería conocer el hecho del subarrendamiento. De lo contrario, ya no podrá expresar su disconformidad con el subarrendamiento en un plazo de 6 meses sin presentar objeción.