Red de conocimientos turísticos - Conocimiento fotográfico - Moje la pared de abajo. ¿La ley se centra en la restauración o la compensación?

Moje la pared de abajo. ¿La ley se centra en la restauración o la compensación?

Las fugas de agua en el piso de arriba pueden causar daños en el piso de abajo. En términos generales, la compensación es principalmente monetaria. El importe depende del valor del artículo perdido.

La compensación generalmente depende de las circunstancias y no existe una cantidad fija de compensación. La compensación civil se limita a las pérdidas reales, incluidas las pérdidas reales de propiedad, las pérdidas relacionadas, los costos de rehacer y reparar y los gastos de trabajo perdido de las personas, etc. El agua se filtra en el piso de arriba y causa pérdidas al interesado: siempre que el interesado pueda demostrar que la pérdida fue causada por los residentes del piso de arriba (responsabilidad por culpa), puede reclamarles una indemnización si las dos partes no llegan a un acuerdo; el monto de la compensación a través de la negociación, se refieren a disputas civiles. Además, a la hora de alquilar una casa, puedes prestar atención a las tuberías de agua y a las paredes, y si encuentras algún problema, puedes comentarlo con el propietario. Por ejemplo, llegas a casa y el agua de tu casa está subiendo. Primero tome una foto, hable con evidencia y hable en un mejor tono. Tienes que luchar por tus propios derechos y a veces puedes dar un paso atrás. Después de todo, sois vecinos y, a veces, es cierto que los parientes lejanos no son tan buenos como los vecinos cercanos.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 184 Si se infringe la propiedad ajena, la pérdida de la propiedad se basará en el precio de mercado al tiempo de la pérdida u otros métodos razonables para calcularlo.

Artículo 288: Los titulares de derechos de vecindad sobre bienes inmuebles deberán manejar correctamente las relaciones de vecindad de acuerdo con los principios de propicia para la producción, conveniencia de vida, solidaridad y asistencia mutua, y equidad y razonabilidad.

Artículo 289 Si las leyes y reglamentos tuvieren disposiciones para el tratamiento de las relaciones de convivencia, prevalecerán aquellas disposiciones; a falta de ellas, se podrán seguir las costumbres locales.

Artículo 290: El dueño del inmueble deberá proporcionar a los propietarios colindantes las instalaciones necesarias de agua y drenaje. La utilización del agua corriente natural se distribuirá razonablemente entre los propietarios de inmuebles adyacentes. La descarga de agua natural debe respetar la dirección natural del flujo.