Red de conocimientos turísticos - Problemas de alquiler - Para la transferencia de acciones, quiero estipular en el acuerdo de transferencia que solo disfrutará del derecho a dividendos dentro de un año y podrá convertirse en acciones nominativas después de un año. ¿Es esto razonable? ¿Cómo regular?
Para la transferencia de acciones, quiero estipular en el acuerdo de transferencia que solo disfrutará del derecho a dividendos dentro de un año y podrá convertirse en acciones nominativas después de un año. ¿Es esto razonable? ¿Cómo regular?
Es razonable y puede diseñarse así. En realidad, es el método operativo para convertir acciones secas en acciones reales.
Ambas partes acordaron que durante el primer año sólo disfrutaría del derecho a dividendos. Si se logran los objetivos de evaluación de desempeño acordados, esta parte de las acciones secas se puede convertir en acciones reales nominativas, no hay problema. Por supuesto, también puede convertirlas en acciones reales antes de celebrar un acuerdo de rendimiento. Esta parte de las acciones reales ahora serán acciones restringidas.